22
Jul
2016

Reparación histórica para jubilados y pensionados: ley 27260

Fue creado el Programa Nacional de reparación histórica para jubilados y pensionados, con el objeto de implementar acuerdos que permitan reajustar los haberes y cancelar las deudas previsionales con respecto a aquellos beneficiarios que reúnan los requisitos establecidos por la ley 27260 (Texto completo)

A disposición de los interesados el texto completo de la Ley  27260:

Honorable Congreso de la Nación Argentina - 26-mayo-2016
Reparación histórica para jubilados y pensionados. Programa Nacional - creación
Publicada en el Boletín Oficial del 22-julio-2016    -Número: 33424 -

 

Fuentes
Boletín Oficial

Noticias

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires ha dispuesto el protocolo de actuación judicial frente a ocupaciones de inmuebles por grupos numerosos de personas en situación de vulnerabilidad. Se trata de la Resolución 707/19 del 17 de abril del corriente.
El Registro de la Propiedad Inmueble de la Prov. de Bs.As., mediante la DTR 006/19 del 5 de abril del corriente ha dispuesto establecer el "Registro Especial de Boletos de Compraventa de Unidades Futuras”. Implementación. Funciones. Rogación. Calificación. Texto completo y anexos: minutas.
Créditos reconocidos judicialmente: deben liquidarse cfr. la tasa pasiva más alta fijada por el Banco Prov. de Bs. As. en sus depósitos a 30 días, vigente al inicio de c/u de los períodos comprendidos, y, por aquellos días que no alcancen a cubrir el lapso señalado, el cálculo será diario con igual tasa, desde la fecha del día del hecho dañoso hasta el día de su efectivo pago.
La Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Dolores por sentencia definitiva del 23/11/2017 resolvió reiterar adscribir a la doctrina libre y llana de libertad de formas que emana del Código Civil y Comercial de la Nación. Fallo completo
Un juez federal de Paraná declaró inconstitucional la resolución de la AFIP que obliga a los profesionales independientes a aceptar pagos con tarjetas de débito o medios electrónicos. Sostuvo: “En momento alguno el Legislador incluyó a los servicios que prestan los Profesionales Universitarios Matriculados dentro del grupo de obligados. Es más, se encargó de excluirlos expresamente al hablar de “consumo” y “masivo”. Destacados. Fallo completo.