02
Oct
2020

Prórroga por 90 días

Prórroga. La Dirección Provincial de Personas Jurídicas mediante la disp. 2020-28 establece medidas para preservar la salud de las instituciones, evitando la acefalía en la integración de sus órganos naturales.

Texto completo. Disp. 2020-28

Boletín Oficial de la Prov.de Bs.As. N° 28866 - 2/10/2020

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DISPONE:

ARTICULO 1º.- Prorrogar en todos sus términos, por el plazo de noventa (90) días a partir de su vencimiento la vigencia de la Disposición DPPJ Nº 12/2020, de fecha 13 de marzo de 2020.

ARTICULO 2º.- Extender la vigencia de los mandatos de los órganos de gobierno, administración y fiscalización de las asociaciones civiles, sin distinción de grados, cuyos vencimientos operaron u operen a partir de la entrada en vigencia del DNU Nº 297/2020 -y sus eventuales prórrogas-, desde su acaecimiento y por NOVENTA (90) días contados a partir de la entrada en vigencia de la presente.

ARTICULO 3º.- La extensión dispuesta en el artículo anterior, no obsta a que aquellas entidades que se encuentren en condiciones de llevar adelante sus asambleas dando cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigentes, así lo hagan.

ARTICULO 4º.- La aprobación de la gestión correspondiente a la extensión del mandato establecida en el artículo 2º de la presente para los integrantes del órgano de administración, deberá ser materia de tratamiento en un punto específico del Orden del Día de la primera asamblea ordinaria que sea convocada por la entidad.

ARTÍCULO 5º.- La presente disposición entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar, publicar y dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

Fuentes
DPPJ
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