27
Mayo
2015

POSNET, no es aplicable a los abogados. Dictamen

La FACA ha sido anoticiada y acusado recibo de presentaciones efectuadas por colegas -a través de algunos Colegios de Abogados- preocupados por exigencias de parte de algunas agencias del fisco nacional (AFIP DGI) relativas a la utilización de posnet (o terminal electrónica) por parte de los abogados, exigencia que no corresponde. Dictamen esclarecedor.

La FACA ha sido anoticiada y acusado recibo  de presentaciones efectuadas por colegas -a través de algunos Colegios de Abogados- preocupados por exigencias de parte de algunas agencias del fisco nacional (AFIP DGI) relativas a la utilización de posnet (o terminal electrónica) por parte de los abogados, exigencia que no corresponde.
Dictamen esclarecedor de la Dra. Gabriela Inés Tozzini, Directora de la Sección Derecho Tributario IDEL FACA (10/4/2015)

Problemática. La FACA ha recibido presentaciones de algunos Colegios de Abogados (caso Rosario) y ha tomado noticia que igual situación se ha presentado en otros (caso Colegio de Abogados de La Plata), a su vez por presentaciones efectuadas por colegas a los que les asiste la preocupación por exigencias de parte de algunas agencias del fisco nacional (AFIP DGI) referidas a la utilización de posnet o terminal electrónica por parte de los profesionales que ejercen la abogacía, exigencia que conforme se desarrolla en el presente no corresponde.

En el profundo estudio realizado se ha concluido en la inexistencia de obligatoriedad por parte del abogado en el ejercicio de su profesión en la utilización de posnet por no encuadrar su actividad en el mandato de las normas que lo establecen.

Desarrollo. En el presente desarrollo se analiza si existe la obligación frente al Fisco Nacional para los profesionales abogados de poseer terminales electrónicas P.O.S. (comúnmente “posnet”) para la cancelación de honorarios y retribuciones por la prestación de servicios profesionales, mediante la utilización de tarjetas de débito bancarias por parte de sus defendidos.

Destacados a modo de conclusiones. De todas las normas analizadas aplicables, conforme un análisis literal, lógico, teleológico y sistemático de las mismas conduce a concluir que los profesionales que ejercen la abogacía al prestar los servicios propios de su profesión cualquiera sea su condición frente al Fisco (responsable inscripto en el IVA o exento por el Régimen Simplificado) se encuentran fuera del ámbito de obligatoriedad del mandato referido a la exigencia del uso de posnet o terminal electrónica frente a AFIP.
Resulta fundamental que la profesión de la abogacía no se vea menoscabada con exigencias improcedentes que distraigan tan elevado rol de ser auxiliar de la justicia teniendo en cuanta que, a través de sus incumbencias constituye el medio para el pleno acceso a la justicia de las personas y del respeto irrestricto de sus derechos humanos básicos tutelados en tratados internacionales tuitivos de derechos humanos incorporados al derecho interno por la Constitución Nacional en su art. 75 inc. 22.

 

Fuentes
IDEL

Noticias

A partir de la entrada en vigencia de la Ley 15563, se modificó el artículo correspondiente de la Ley 6716, estableciendo que la contribución sobre la tasa de justicia será, de ahora en más, del 5%.
A través de la Res. Gral. 5824/26 y en sintonía con la nueva Ley 27799 ("Inocencia Fiscal"), los abogados/das pierden la dispensa de facturar honorarios percibidos judicialmente y deberán adecuar sus sistemas de facturación para identificar a sus clientes cuando estos necesiten deducir el gasto en Ganancias.
La medida rige plenamente para operaciones concertadas desde julio de 2026.
La Dra. Gisela Horisch Palacio resume los alcances de la normativa.
Se hace saber que mediante el Decreto 549/2025 se modifica el Anexo I del Decreto 659/1996 para actualizar la Tabla de evaluación de incapacidades laborales (también conocida como "Baremo laboral"), -que permite determinar el grado de incapacidad permanente de un trabajador a causa de un accidente de trabajo o enfermedad profesional.-
Comenzará a regir en febrero de 2026. Texto completo de la norma. Tabla de incapacidades.
Desde ahora se podrá adjuntar un 𝐩𝐥𝐚𝐧𝐨, 𝐜𝐫𝐨𝐪𝐮𝐢𝐬 𝐨 𝐟𝐨𝐭𝐨𝐠𝐫𝐚𝐟𝛊́𝐚 dentro del apartado correspondiente al domicilio postal a notificar. Cómo es el procedimiento.
Ante los reiterados reclamos de los usuarios porque el Sist. de Notif. y Presentaciones Elect. solicita continuamente la descarga del complemento SETCCE, la SCBA ha enviado el siguiente instructivo a fin de solucionar el problema.

*Guía paso a paso, para descargar