05
Nov
2020

Papa Francisco: Reforma del canon 579 CIC

El Romano Pontífice mediante el m.p. Authenticum charismatis del 1 de noviembre del presente año 2020, ha modificado la anterior redacción del canon 579 relativo a la facultad de los Obispos diocesanos de erigir mediante decreto formal institutos de vida consagrada dentro de su propio territorio previa consulta a la Santa Sede.

Papa Francisco: Reforma del canon 579 CIC

El Romano Pontífice mediante el m.p. Authenticum charismatis del 1 de noviembre del presente año 2020, ha modificado la anterior redacción del canon 579 relativo a la facultad de los Obispos diocesanos de erigir mediante decreto formal institutos de vida consagrada dentro de su propio territorio previa consulta a la Santa Sede.

A partir de ahora se requiere la “praevia licentia Sedis Apostolicae scripto data”. Vale decir que deberán “ser reconocidos oficialmente por la Sede Apostólica, que es la única a la que compete el juicio definitivo” (m.p. Authenticum charismatis).

En este proceso de discernimiento de los diversos carismas que deben realizar los Pastores, la Santa Sede pretende acompañarlos asegurando así también la autenticidad de los mismos por cuanto el mismo documento lo refiere expresamente que le compete el juicio definitivo sobre ello.

Tal como lo expresa el P. Ghirlanda[1] S.J. es competencia de la Iglesia custodiar los diversos carismas que configuran su estructura fundamental; y en cuanto tales, dictar las normas pertinentes y tomar las decisiones que se requieran para evitar que se los dañe o que a través de su actuación social se dañe a la comunidad. En efecto, existen diversos bienes que la Iglesia debe preservar y debe emitir un juicio definitivo sobre su autenticidad por ser uno de los carismas particulares que se institucionalizarán canónicamente por la Iglesia y serán reconocidos por Ella como conforme a su finalidad salvífica[2].

El link del m.p. http://www.vatican.va/content/francesco/es/motu_proprio/documents/papa-francesco-motu-proprio-20201101_authenticum-charismatis.pdf

 

[1] Cf. G. Ghirlanda, El derecho en la Iglesia misterio de comunión. Compendio de derecho eclesial, Madrid 1992, 62-63, n.36.

[2] Cf. G. Ghirlanda, El Derecho, 61-62, n. 35; Id. 143, n.104.

Noticias

Entre los días 15 y 16 de mayo del corriente año, en Valencia, se llevarán a cabo las “XIV Conversaciones Canónicas Valentinas” en la Facultad de Derecho Canónico de Valencia, bajo el lema: “1917-2017 centenario del Código Pío-Benedictino”. Estas jornadas han sido organizadas por la Facultad de Derecho Canónico de la Universidad Católica de Valencia. Programa
En la Facultad de Derecho Canónico de la Pontificia Universidad Gregoriana de Roma, se llevará a cabo el día 4 de mayo de 2017 a las 16:30 un encuentro de estudio por los 30 años de la publicación de la prestigiosa revista “Quaderni di diritto ecclesiale” en cuya oportunidad se presentará el nuevo Código de Derecho Canónico Comentado. Programa
El 5 de agosto de 2016, en la Ciudad de San Miguel de Tucumán, se efectuó la clausura en la fase diocesana de la investigación de un presunto milagro atribuido a la intercesión de la Venerable Madre Camila de San José Rolón, fundadora de las Hermanas Pobres Bonaerenses de San José.
La Santa Sede dio a conocer el día de ayer, mediante su Oficina de Prensa, la decisión del Romano Pontífice de crear una Comisión Oficial para que estudie la cuestión del diaconado femenino, principalmente respecto a los primeros tiempos de la Iglesia.
Entre los días 17 al 23 de julio de 2016 se llevará a cabo en diversas Universidades del Centro Sorbonne en París, el XV Congreso Internacional de Derecho Canónico Medieval. En el mismo se desarrollarán notables exposiciones, de particular relevancia para el estudio del Derecho Canónico, su historia y sus fuentes.