Reseña de Fallos (I). Jurisprudencia aplicada

Palabras clave
Partición Hereditaria. Convenio de Partición. Indivisión Postcomunitaria. Nulidad de la Partición.
Autos
A. L. s/ sucesión ab-intestato
Fecha sentencia

Reseña

Tanto el art. 2369 del CCyCN, como el 761 del CPCC, son claros al establecer que si todos los herederos están presentes y son capaces, pueden convenir la partición, sea total o parcial, en la forma y por el acto que por unanimidad juzguen conveniente.
De esta manera, tal como ya ha resuelto este Tribunal, cada cual dispone de lo suyo como quiere dentro de la más absoluta libertad de contratar. Habiendo conformidad, todo es admitido, incluso la adjudicación e bienes desiguales sin compensación, porque el fin del acto es hacer a cada uno dueño exclusivo de lo que se adjudica. Esto es reafirmado con el nuevo Código Civil y Comercial que ha tomado partida por la flexibilidad y amplitud para decidir en la materia (art. 2369 y ccs., Cámara Civil Nacional, Sala D, sent. del 15/9/15). Accediéndose, entonces, a inscribir con la declaratoria de herederos, el instrumento pertinente, previa adjunción a la causa de los informes de los registros respectivos que acrediten la libre disponibilidad de los bienes (cf. CC0201 LP 110477 RSI 254/15 I 24/11/2015 sum. Juba B258063; causa SI-13425-2012, r.i. 393 del 31.08.17 de Sala II) -certificados e informes de cesiones, de inhibiciones general de bienes y dominio-.... Lectura completa

Datos generales

Estado de la sentencia: Firme
Dependencia: Sala II- Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Jurisdicción: Departamento Judicial de San Isidro

Cómo citar este artículo

Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial. Sala II. Departamento Judicial de San Isidro: " A. L. s/ sucesión ab-intestato"  https://drive.google.com/file/d/1-tKApayb_NCS_d1ZkJiMe6jSSIEzOCY3/view?usp=sharing

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