17
Abr
2020

Mediación en línea en la provincia de Buenos Aires

Lo organiza e invita la Dirección Provincial de Mediación en conjunto con ODR Latinoamérica y está dirigido a Mediadores y Mediadoras Prejudiciales de la Provincia de Buenos Aires. Abierta la pre-inscripción hasta el 23/4/20. Más detalles.
  • "Mediación en línea" en la provincia de Buenos Aires
  • "Mediación en línea" en la provincia de Buenos Aires
  • "Mediación en línea" en la provincia de Buenos Aires
  • "Mediación en línea" en la provincia de Buenos Aires

"Mediación en línea" en la provincia de Buenos Aires

Lo organiza e invita la Dirección Provincial de Mediación en conjunto con ODR Latinoamérica y está dirigido a Mediadores y Mediadoras Prejudiciales de la Provincia de Buenos Aires.

Abierta la preinscripción desde el 17/4/20 hasta el 23/4/20.

[email protected]

Inicia el 4/5/20.

Actividad no arancelada para mediadores prejudiciales de la Provincia de Buenos Aires.

Cupos ilimitados

Noticias

Declaración del Colegio relativa a los importes exigibles en virtud de lo dispuesto por el decreto 600/21, reglamentario de la ley 13951 de mediación.
En el afán de contribuir a las acciones tendientes a defender nuestros honorarios profesionales, invitamos a los/las mediadores/as a completar una encuesta que será de vital importancia para cumplir ese cometido. Ver detalles y guía.
Recordamos a los colegas que la normativa vigente en términos de la retribución de los /las mediadores/as se encuentra establecida en el art. 31 del dec. reglamentario 600/21 y anexo. Consultar texto completo.
Régimen de mediación como método alternativo de resolución de conflictos judiciales en el ámbito de la provincia de Buenos Aires: el 18/8/21 fue publicado en el Boletín Oficial de la Prov. de Buenos Aires, el decreto 600/21 reglamentario de la ley 13951 que deroga el dec. 43/19. Texto de la norma. Anexo (versión para imprimir) . En destaque; Art. 31- Retribución
Expresamos nuestra más seria preocupación ante el grave antecedente que constituye el caso “Lerner” (Mar del Plata) citado a continuación. Advertimos el peligro que representa asimilar la mediación voluntaria institucional con la mediación previa obligatoria, que se plasma en este fallo contra legem.