19
Mayo
2020

Los abogados fueron autorizados a circular por Vicente López

Fueron autorizados los Abogados a circular en el partido de Vicente López, desde el 19 de mayo, a los fines de concurrir a sus espacios de trabajo al solo efecto de obtener o retirar la documentación que, justificadamente, resulte indispensable para el desarrollo de sus actividades en forma remota.- Completar declaración jurada municipal.

La Resolución N° 506 de la Secretaria de Fiscalización y Control de la Municipalidad de Vicente López del 19/5/20 autorizó,  durante la vigencia del ASPO, el funcionamiento de  actividades y servicios entre los  que se destaca la de los ABOGADOS, a concurrir a sus  espacios de trabajo al solo efecto de obtener o retirar la documentación que resulte indispensable para el desarrollo de sus actividades en forma remota.

Comprende las localidades de: Carapachay - Florida Este - Florida Oeste - Munro - La Lucila - Olivos - Vicente López - Villa Adelina -  Villa Martelli.

Para acceder a la autorización deberán completar de manera online el formulario de Declaración Jurada obrante aquí.

Fuentes
sitio web Municipalidad de Vicente López

Noticias

El Colegio reclamó que la SRT y las Comisiones Médicas adopten medidas rápidas, eficaces, y urgentes (resguardando siempre la salud de todos), para restablecer la prestación de varios servicios mediante la Ventanilla virtual, para preservar el derecho de los trabajadores.
La propuesta tiende a continuar con la mayor actividad de la ANSeS, con la menor cantidad de personal, evitando la afluencia de público y colapso de los medios de atención, a fin que la institución continúe y aumente la concreción de sus objetivos para dar cumplimiento a la progresividad de los beneficios de los derechos humanos sociales consagrados en la normativa vigente.
El COLPROBA decidió iniciar acciones judiciales tendientes a obtener la autorización para circular libremente para ejercer la profesión y concurrir al estudio jurídico.
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Ley 15172. Suspensión en la Prov. de Bs. As. hasta el 30/9 de ejecuciones: hipotecarias, judiciales o extrajudiciales (vivienda única), parte indivisa ( art.2207 del CCN; ocupante vivienda), por créditos prendarios (UVA ), planes de ahorro automotor, expensas comunes, lanzamientos ya ordenados, lanzamientos colectivos, etc. Suspensión de términos de caducidad de instancia. Ejecuciones de sentencias judiciales de desalojo de inmuebles. Ver excepciones y más detalles.