Ley 5177. Historia institucional

  • Martín y Omar 339. San Isidro. Frente edificio enero 2020

Ejercicio y reglamentación de la profesión de abogado y procurador. Reglamento de funcionamiento de los colegios departamentales. (Art. 50 inc. e) de la Ley 5177 - T.O. por Decreto 180/87 - modificada por sus similares 12277 y 12548) -Ver textos completos-.

Historia institucional
Fundación. Desarrollo. Ámbito institucional. Área de gestión social. Ámbito académico, cultural y deportivo. Ámbito de difusión. El Colegio de Abogados de San Isidro, fundado en 1965 rige su desenvolvimiento conforme a lo establecido por la ley 5177, que establece la colegiación obligatoria en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires. Es una persona de derecho público no estatal sin fines de lucro. No posee ningún tipo de subsidio y se sostiene exclusivamente con el aporte de sus matriculados. A la fecha (2019) los profesionales activos superan a los 10.000 abogados. Leer más...

- XL Aniversario: 1965- 2005. Número especial en Conmemoración a la Creación del Colegio de Abogados de San Isidro
 El 8 de octubre de 2005 se cumplieron cuarenta años de la fundación del Colegio de Abogados de San Isidro. Sueños, esfuerzos y la acción ininterrumpida de un recordado grupo de colegas hicieron posible llegar al acto fundacional.  Su vida, desde aquel momento  hasta el presente estuvo y está  marcada por la vocación, el trabajo y sacrificio diario de todos sus componentes y lo será para el futuro. Cuarenta años reflejados en documentos, publicaciones, hechos y anécdotas, dan cuenta de su permanente crecimiento, de su acción constante al servicio de nuestra profesión, del bien común y de los matriculados, destinatarios de la razón de ser de la Institución. Con pluralismo, diversidad y discrepancia, hemos transitado estos primeros cuarenta años, con la mira en un proyecto único, la defensa del Estado de Derecho y ser el primer Abogado de los Abogados, para que estos puedan libre y dignamente ser Abogados.

- Aniversario 50°. Número especial. Conmemoración de la creación del Colegio de Abogados de San Isidro|1965-2015

-La primera abogada argentina: Dra. María Angélica Barreda

-Historia de San Isidro
El sábado 11 de junio de 1580 Don Juan de Garay, fundó la ciudad de la Trinidad -hoy Buenos Aires- capital de la República Argentina.
Y el lunes 24 de octubre de ese mismo año, repartió las "tierras de pan llevar", entre los sesenta y siete vecinos fundadores, para que pudieren contar con lo preciso para vivir conforme al estilo de esos tiempos.  Dieciocho de esos primeros pobladores poseyeron fracciones en San Isidro, quince en Vicente López y dos en San Fernando. Leer más...

 

Noticias

Ante los recientes hechos de público y notorio conocimiento, constituyendo la presente una jornada de reflexión, se ha resuelto suspender la Celebración programada para el día de la fecha con motivo del Día del Abogado.Se comunicará la reprogramación. Juramentos de ingresantes a la matrícula: suspendidos. Feriado Nacional. Decreto 573/2022
Así saludó la Presidenta del Colegio a los participantes de la celebración del Abogado/a 2022: “Es este, mi primer discurso como la primera mujer presidenta de este cimero Colegio de Abogados, y quiero hacerles saber mi determinación en la defensa de nuestras incumbencias, de nuestra agenda de futuro, y del inclaudicable compromiso con la fiscalización en la correcta administración de justicia.” Discurso completo. Imágenes.
El Colegio de Abogados de San Isidro radicó una denuncia ante la Subsecretaria de Control Disciplinario de la SCBA por la situación del Juzgado de Familia nro. 1 de Pilar, cuya titular fue licenciada hoy. A través de la labor de la Comisión de Administración de Justicia del Colegio, se colectaron declaraciones de colegas de Pilar por el inadmisible desempeño de la Dra. Mariana Silvia Valentini.
Invitamos a los/las colegas a participar desde el 16 al 23 de agosto a una colecta nacional de la Cruz Roja para fortalecer las acciones humanitarias de su voluntariado en todo el país. Buscan potenciar su misión de contribuir a mejorar la vida de las personas, en especial de aquellas que se encuentran en situación de vulnerabilidad.
El Colegio de Abogados de San Isidro - como integrante activo del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires-, desaprueba y rechaza el poyecto de "Sucesión notarial" por ser notorio y manfiestamente inconstitucional. El proceso sucesorio que pretenden implementar los escribanos, violenta letalmente las disposiciones contenidas en los arts.1, 16, 18, 75 inc.12, 108,116 y 121 y concordantes de la Constitución Nacional Argentina.