07
Nov
2019

Interoperabilidad técnica de los sistemas informáticos del Poder Judicial. Acuerdo suscripto

El Procurador General y la SCBA, suscribieron la Res.Conjunta N° 2891/19, que establece la interoperabilidad técnica de los sistemas informáticos de gestión judicial que funcionan en la órbita del Ministerio Público y de la Administración de Justicia (SIMP y Augusta, respectivamente). Objetivos.
Interoperabilidad técnica de los sistemas informáticos de gestión judicial. Acuerdo. Objetivos
 
En el marco de la política general de incorporación de herramientas informáticas para el cumplimiento de los objetivos institucionales y orgánicos del Ministerio Público, el Procurador General y la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, suscribieron la Resolución Conjunta N° 2891/19, que establece la interoperabilidad técnica de los sistemas informáticos de gestión judicial que funcionan en la órbita del Ministerio Público y de la Administración de Justicia (SIMP y Augusta, respectivamente).  
 
Una vez dictadas las regulaciones específicas que permitan asegurar el cumplimiento de las funciones atribuidas a las funcionarios de ambos organismos sin desatender los límites impuestos legalmente respecto de los derechos de los justiciables, la referida interoperabilidad será una herramienta fundamental para:
 
-fortalecer la capacidad de trabajo de los operadores,
-facilitar la consulta de información sobre actuaciones judiciales y administrativas,
-reducir la duración de los procesos, evitar la duplicación de la carga de información y, en definitiva,
-optimizar el servicio de justicia.

 

Fuentes
Ministerio Público. Procuración

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Número 6. Desde Área Académica te invitamos a compartir la Revista Jurídica de San Isidro, Serie Contemporánea Nro.VI disponible en versión digital.
Centrada en el tema "Planificación sucesoria", también versa sobre temas académicos variados y jurisprudencia.
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*Actividad concluida
Invitamos a las y los matriculados a participar de la Asamblea General Ordinaria para considerar la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados, del ejercicio comprendido entre el 1º/2/24 al 31/1/25, de nuestro Colegio. Se llevará a cabo en la sede de Martín y Omar 339, San Isidro, el viernes 23 de mayo de 2025 (1° llamado: 8:00,  2° llamado: 9:00).
Declaración | El Colegio de Abogados de San Isidro rechaza el proyecto de ley N° 1677– D-25, que pretende desregular la actividad de las profesiones universitarias y no universitarias.
Se peticiona a los legisladores el respeto al sistema repúblicano, a las instituciones democráticas y el reconocimiento a Colegios, Asociaciones y federaciones profesionales por la importancia que revisten para la sociedad en su conjunto.
En repudio a las manifestaciones agraviantes vertidas por la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Entre Ríos en contra del Colegio de Abogados de Entre Ríos y de su Presidenta, el Colegio de Abogados de San Isidro adhiere a la declaración de la Federación Argentina de Colegios de Abogados del 17/4/25.
Carta del Colegio del Colegio de Abogados de San Isidro a su par de Entre Ríos.