20
Mar
2020

Información importante relacionada al Fuero penal de San Isidro

La Presidencia de la Cámara de Apelac.y Garantías en lo Penal de San Isidro, ha dictado la Res. nª 3 que establece: para la Secretaría de Sorteos de la Cámara Penal, una guardia, atendida por teléfono o por e mail. Sorteo virtual de expedientes. Atención: Reconducción de atención al público y consultas por e mail o por teléfono. (Actualización de datos: 18/8/21)

La Presidencia de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro, ha dictado la Res. nª 3 que establece:  

  • Para la Secretaría de Sorteos de la Cámara Penal, una guardia, atendida por teléfono o por e mail.
  • Sorteo virtual de expedientes.
  • Importante: Reconducción de atención al público y consultas por e mail o por teléfono. 

 

Trámite nro. 4103/2020.- RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal. Departamento Judicial de San Isidro

REGISTRO 3/20. San Isidro, 20 de marzo de 2020.-

VISTO:

La Resolución 386-20 dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires del día 16 de marzo de 2020 en la cual dispone asueto en todo el ámbito del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, con suspensión de los términos procesales, desde el día 16 y hasta el 31 de marzo próximo inclusive

Y CONSIDERANDO:

Que, la Resolución 135-20 de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires del día 18 de marzo de 2020 en la cual el Señor Presidente, Dr. Eduardo Néstor Lázzari resuelve que sólo deberán asistir los agentes estrictamente indispensables de acuerdo a la competencia o caudal de trabajo para garantizar la prestación mínima del servicio de justicia en el acotado marco de urgencia establecido en la Resolución de la Corte mencionada en el punto anterior.

Que, en consonancia, la Resolución 10/20 del día 18 de marzo de 2020 establece disposiciones, instrucciones, recomendaciones y pautas de gestión excepcionales y temporales a fin de lograr una respuesta razonable y eficaz, y a la vez proteger y preservar la integridad y la salud de las partes, profesionales, auxiliares de justicia, público en general, agentes, funcionarios y Magistrados respecto de la infección causada por el virus COVID-19,

Que la mencionada Resolución, en su punto b.1.2. establece pautas de trabajo, entre las cuales se prevén disposiciones respecto de la limitación de la concurrencia a los Tribunales, el trabajo en el domicilio, las audiencias, juicios orales, traslado de expedientes físicos, y la excepcionalidad de la atención presencial y la limitación a urgencias respecto de los regímenes de notificación y presentaciones electrónicas mientras dure el período establecido en la Resol. 386-20 SCBA .

Que teniendo en cuenta esas directivas y el volumen de trabajo detectado durante la presente semana, corresponde adaptar la prestación del servicio a las áreas de Presidencia, por ello

RESUELVO:

I)   ESTABLECER para la Secretaría de Sorteos de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Isidro, una guardia, la cual será atendida telefónicamente en el abonado (011) 4732-6400 internos 26540 o 26840 (Presidencia) y en el celular 1168820050 de la Dra. Ángeles Tejeda Río o a través del mail oficial  sorteospenal-si@@jusbuenosaires.gov.ar    (Actualización  de datos al 18/8/21)

II)  DISPONER el “Sorteo Virtual” de aquellas cuestiones que el Magistrado remitente estimen adecuadas a los lineamientos dictados por la SCBA en la acordadas citadas. Dicho sorteo se efectuará de la siguiente manera: el organismo que entienda que debe remitir un expediente a la Secretaría de Sorteos de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal, se comunicará por teléfono, celular, o mail, y solicitará que se efectúe el Sorteo, con los datos de la causa, el cual una vez realizado será comunicado telefónica y electrónicamente por dicha oficina al órgano requirente y al desinsaculado, quedando constancia de ello en el Sistema Informático. De ser posible, en el caso de los expedientes que tramitan bajo el Sistema Multifuero Augusta y posean soporte electrónico, será radicado también de esa manera.-

III) DISPONER que las  cuestiones atinentes a Presidencia o Secretaría de sorteos que momentáneamente no pudieren ser atendidas serán diligenciadas por la Mesa de entradas de la Sala Primera (Piso 10).

IV) RECONDUCIR la atención al público a la modalidad telefónica y electrónica pudiendo realizarse consultas al mail: [email protected] y [email protected]. y a los números mencionados en el punto 1), ellos de conformidad con e.2) Resol. 10/20 SCBA .

Regístrese, Notifíquese mediante correo electrónico a todos los organismos del Departamento Judicial de San Isidro, Defensoría General, Fiscalía General y Colegio de Abogados de San Isidro.-

Fdo. Dr Duilio Alberto Cámpora, Presidente, ante mí: Giselle Salas, Auxiliar Letrada.-

Fuentes
Cámara Penal San Isidro

Noticias

Ponemos a disposición de los Colegas que deseen consultar cuestiones relativas a causas que se sustancien ante alguna de las Fiscalías de San Isidro, para que puedan comunicarse directamente por correo electrónico.
Si el distanciamiento social es una consigna recomendable y fundamental para contribuir de manera activa al freno de la epidemia del coronavirus, optimicemos esta realidad ejerciendo la profesión de manera digital. Herramientas útiles.
Cómo obtener el Certificado para los matriculados que deban actuar en forma excepcional y urgente conforme la Resolución de la Mesa Directiva del Colegio de Abogados de San Isidro, reunida en forma remota el 20/3/2020 y que se transcribe a continuación. Este servicio continuará vigente a requerimiento de los solicitantes.
Ante la situación de emergencia sanitaria, el Colegio permanecerá cerrado a partir del 20 de marzo de 2020. Está entidad acatará el decreto que, entre otras medidas, dispone el  aislamiento social preventivo y obligatorio. Reabrirá el 1 de abril del corriente. Decreto 297/20.
Por resolución 13/20 fueron adoptadas nuevas medidas en el ámbito del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, ante el agravamiento de la situación epidemiológica y las medidas de restricción decretadas tanto en el ámbito nacional como provincial. Juzgados y Tribunales de turno.