09
Oct
2013

Freno a la campaña injuriante de la ANSES contra Abogados

La semana pasada el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires promovió un amparo dirigido a poner límite a las normativas internas de la ANSES que afectaban gravemente el desempeño profesional de los abogados, relativo a la solicitud de turnos para trámites previsionales.

En razón de ello el COLPROBA requirió también el inmediato cese a las reiteradas manifestaciones agraviantes a la dignidad de los profesionales del Derecho, que en  forma de publicidades del organismo constituía una verdadera campaña administrativa de desprestigio de la profesión,  injustificada y lesiva de los derechos constitucionales de los abogados

En el marco de la acción de amparo promovida, el titular del Juzgado Federal N° 4, Dr. Alberto O. Recondo haciendo lugar a la medida cautelar solicitada oportunamente, ordenó a la ANSES, sede central, suspenda la Norma “PRE-11-01” permitiendo el inicio de trámites previsionales a los profesionales abogados, en toda la jurisdicción de la provincia de Buenos Aires, sin limitación de cantidad ni asignación exclusiva a determinadas oficinas.

Le ordenó asimismo proceda a retirar de forma inmediata, otorgándole un plazo máximo de 24 horas, los textos de la página WEB, spots publicitarios, banners, carteles y afiches en dependencias de la ANSES que hagan referencias agraviantes a la dignidad de los  Abogados, habiendo sido la medida dispuesta bajo apercibimiento de desobediencia, en los términos del art. 239 del Código Penal.

Mientras tanto el Colegio de Abogados de San Isidro  continúa con la campaña que -en defensa de las incumbencias profesionales- promueve la actuación de los abogados previsionalistas.
Las imágenes ilustran la cartelería instalada en uno de los andenes de la estación del ferrocarril Mitre en San Isidro.

  

Fuentes
COLPROBA

Noticias

El Colegio de Abogados San Isidro, promovió hoy 30 de mayo de 2013 a las 12:20, una acción declarativa de inconstitucionalidad en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855.
El Juzgado en lo Correccional nro. 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Andrea C. Pagliani, multó a un abogado matriculado en Capital Federal por ejercer la profesión en San Isidro careciendo de la correspondiente matrícula provincial.
De acuerdo con lo establecido en el Art. 38 de la ley 5177 (ref. ley 12277), deberá someterse a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1º de febrero de 2012 al 31 de enero de 2013 de nuestro Colegio.
Conclusiones arribadas en el plenario del Primer Encuentro de Dirigentes, celebrado en nuestro Colegio, y que fuera organizado por el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires y la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires, el pasado 12 de abril del corriente, bajo la consigna: “Generemos objetivos comunes”
El viernes 12 de abril del corriente, bajo la consigna “Generemos objetivos comunes”, se llevará a cabo en el Salón Auditorium del Colegio –Acassuso 424, 1er.piso- de 9:00 a 18:00 el primer “Encuentro Provincial de Dirigentes”. La participación en esta convocatoria es de carácter gratuito, pero requiere inscripción previa.