17
Dic
2015

Exhortación ante la designación en comisión de Jueces de la Corte

Ante el dictado del Decreto Nº 83/2015 del PEN que designó Jueces de la Corte Suprema de Justicia Nacional en comisión, el Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Prov. de Bs. As., manifiesta que dicha forma de designación, provoca un estado de incertidumbre entre las Instituciones de la República que afecta la independencia del Poder Judicial.

DECLARACIÓN DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES ANTE LA DESIGNACIÓN EN COMISIÓN DE LOS JUECES DE LA CORTE SUPREMA  DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

Ante el dictado del Decreto Nº 83/2015 por parte del Poder Ejecutivo Nacional que designó Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en comisión, el Consejo Superior del  Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, manifiesta que dicha forma de designación, en las actuales circunstancias, provoca un estado de incertidumbre entre las Instituciones de la República que afecta la independencia del Poder Judicial.
Por ello, exhortamos que la designación de los magistrados del Alto tribunal de la Nación lo sea de la manera más incuestionable y cumpliendo con los recaudos más rigurosos exigidos en la Constitución.
Por otro lado, instamos para que el Honorable Senado de la Nación trate en forma urgente las postulaciones, a fin de mantener indemne la garantía de la independencia del Poder Judicial y el funcionamiento de la Corte Suprema de Justicia de La Nación.

COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
San Martin, 17 de diciembre  de 2015.
 

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Noticias

El Colegio de Abogados San Isidro, promovió hoy 30 de mayo de 2013 a las 12:20, una acción declarativa de inconstitucionalidad en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855.
El Juzgado en lo Correccional nro. 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Andrea C. Pagliani, multó a un abogado matriculado en Capital Federal por ejercer la profesión en San Isidro careciendo de la correspondiente matrícula provincial.
De acuerdo con lo establecido en el Art. 38 de la ley 5177 (ref. ley 12277), deberá someterse a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1º de febrero de 2012 al 31 de enero de 2013 de nuestro Colegio.
Conclusiones arribadas en el plenario del Primer Encuentro de Dirigentes, celebrado en nuestro Colegio, y que fuera organizado por el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires y la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires, el pasado 12 de abril del corriente, bajo la consigna: “Generemos objetivos comunes”
El viernes 12 de abril del corriente, bajo la consigna “Generemos objetivos comunes”, se llevará a cabo en el Salón Auditorium del Colegio –Acassuso 424, 1er.piso- de 9:00 a 18:00 el primer “Encuentro Provincial de Dirigentes”. La participación en esta convocatoria es de carácter gratuito, pero requiere inscripción previa.