24
Abr
2017

Encaminado el proceso de oralidad en el Depto.Judicial de San Isidro

Entre los Juzgados adheridos al Proyecto de Generalización de la Oralidad en la etapa de prueba de los procesos de conocimiento, según la Ac. 517/17 se encuentran los Juzgados Civiles y Comerciales nros. 9, 3, 16, 12 y 15 del Departamento Judicial de San Isidro. Texto completo de la acordada.

El Colegio, a través de la Comisión de Administración de Justicia, ha participado de las reuniones propulsadas por el Ministerio de Justicia de la Nación articuladas con la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en el afán de la implementación del proceso de adhesión al Proyecto de oralidad en procesos de conocimiento del Fuero Civil y Comercial.

SCBA. Acordada 517 (La Plata, 12 de abril de 2017)

R E S U E L V E :
Artículo Io: Incluir en el desarrollo del Proyecto de Implementación de la Oralidad en procesos de Conocimiento destinado a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, aprobado por la Resolución n° 2761, dictada por esta Suprema Corte con fecha 23 de noviembre de 2016, a los Juzgados que se detallan en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2o: Regístrese, comuniqúese y publíquese
Fuentes
SCBA

Noticias

Los primeros y terceros jueves de cada mes están invitados a participar de las reuniones de la Comisión de Administración de Justicia.

Aviso. Se convoca a inscribirse en la lista de aspirantes a los cargos de “Asesores de Incapaces” y “Defensores de pobres y ausentes” de los Juzgados de Paz Letrados de Pilar, San Fernando, Tigre y V. López. Más detalles. Apertura: 1/6/22. Cierre: 30/6/22.
El lunes 9 de mayo la Comisión del Patronato de Liberados de nuestro Colegio, reinició sus actividades. Ya comenzaron una coleta para llevar libros y ropa en su próxima visita prevista para el 30 de mayo del corriente, al Penal de Olmos.
El 7 de febrero nos visitó el Presidente del Patronato de Liberados de la Provincia de Buenos Aires, Dr. Aníbal Hnatiuk. Fue recibido por el Presidente del Colegio y autoridades locales del Patronato de San Isidro.
El abogado/ la abogada tiene derecho al cobro de la consulta cuyo mínimo es: la consulta verbal, 1 jus y la consulta escrita, 2 jus. Recordemos que según la ley, el honorario es de carácter alimentario, obligatorio y de orden público.