20
Sep
2017

Destituyeron a jueza de Pilar acusada de numerosas y graves inconductas

El Jurado de Enjuiciamiento de la Provincia de Buenos Aires resolvió por unanimidad, el miércoles 20 de septiembre de 2017, la destitución de la jueza Alejandra Claudia Velázquez, que era titular del Juzgado de Familia Nro. 1 de Pilar, acusada de numerosas y graves inconductas.Veredicto y sentencia

El Jurado de Enjuiciamiento de la Provincia de Buenos Aires resolvió  por unanimidad, el miércoles 20 de septiembre de 2017, la destitución (con costas) de la jueza Alejandra Claudia Velázquez, que era titular del Juzgado de Familia Nro. 1 de Pilar, acusada de numerosas y graves inconductas.

Entre los cargos en su contra se encuentran: datar falsamente sentencias e interlocutorios; irregularidades en el procedimiento (como permitir que, mientras estaba en viaje fuera del país – en muchos casos sin autorización de la Corte -, sus auxiliares firmaran 600 expedientes durante los años que estuvo en el cargo); intermediación de cesión directa por precio de personas por nacer; acoso laboral; incumplimientos reiterados en materia de adopción; actos de parcialidad manifiesta; entre otros.

Fueron transitadas las  instancias previstas en la Ley 13.661 de procedimiento para el enjuiciamiento de magistrados y funcionarios y, luego de intensas jornadas de pruebas testimoniales y una jornada de alegatos, por unanimidad el Jurado de Enjuiciamiento resolvió destituir a la magistrada e inhabilitarla para ejercer en adelante función judicial.

Ya en noviembre de 2016 la Dra. Alejandra Velázquez había presentado su renuncia – estando ya en proceso de enjuiciamiento – pero  no fue aceptada por la gobernadora provincial.

El jurado estuvo integrado por: la Sra. Presidente de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, Dra.Hilda Kogan; la Senadora Nidia Moirano; los Diputados Carlos Ramiro Gutiérrez; María Elena Torresi; Sandra Paris; y los Conjueces abogados Jorge Omar Almanza; Andrés Blas Roman; Marcos Darío Vilaplana y Héctor Osvaldo Blanco Kuhne.

El Colegio de Abogados de San Isidro estuvo representado por el Sr.  Presidente del Consejo Directivo, Dr. Guillermo E. Sagués, quien fue asistido por Consejeros Titulares y Suplentes como así también por miembros de la comisión especial conformada al efecto, compuesta por anteriores integrantes del cuerpo.

Veredicto y sentencia

Colegio de Abogados de San Isidro. Destitución Dra. Velázquez. 20/9/2017
Dictado el veredicto  funcionarios judiciales retiran "el expediente"  objeto del juicio político. La Plata, 20/9/2017.

Noticias

Crónica de la Asamblea General Ordinaria, llevada a cabo en el Salón de Actos del Colegio, sede calle Martín y Omar 339.
Fue el 3 de mayo del corriente y su celebración estuvo acompañada por la presencia de numerosos colegas.
Secuencia de actos realizados.
Proclamación de autoridades electas.
Invitamos a los matriculados/das a participar de la Asamblea General Ordinaria. Se llevará a cabo en la sede de Martín y Omar 339, San Isidro, el 3/5/24 (1° llamado: 8:00,  2° llamado: 9:00). *El acto de sufragio ha sido suspendido para los días 2 y 3/5/24 de 8:00 a 18:00, por haberse oficializado como única lista, la lista CONSENSO SAN ISIDRO (Movimiento Renovador + Opción Pluralista);
El viernes 19 de abril la Presidenta del Colegio, Dra. Guillermina Soria, suscribió un convenio de alianza estratégica con la firma La Ley Sociedad Anónima Unipersonal Editora e Impresora, miembro del Grupo Thompson Reuters, que permitirá a las matriculadas y matriculados (1) un acceso especial y limitado de su solución "La Ley Next", además de otros beneficios.
Lectura práctica | Sacrificando todo intento de erudición, el Dr. Fulvio Santarelli intenta esclarecer las consecuencias prácticas del reciente fallo “Barrios” dictado por la SCBA (inconstitucionalidad del art. 7° de la ley 23928).
El martes 2 de abril de 2024, recordamos a las mujeres y hombres, valientes veteranas/os de guerra y ex-combatientes, heroínas y héroes de guerra que lucharon en defensa de la soberanía argentina sobre las Islas Malvinas.
Las Islas Malvinas constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino, conformE a los principios del Derecho Internacional.