30
Mayo
2013

Demanda el Colegio la inconstitucionalidad de la ley 26.855 -Consejo de la Magistratura-

El Colegio de Abogados San Isidro, promovió hoy 30 de mayo de 2013 a las 12:20, una acción declarativa de inconstitucionalidad en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855.

El Colegio de Abogados San Isidro, a través de su presidente Dr. Antonio E. Carabio, promovió hoy 30 de mayo de 2013 a las 12:20, una  acción declarativa de inconstitucionalidad en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación,  a fin de que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855. Los autos se encuentran radicados en el Juzgado Federal en lo Civil de San Martín Nro. 1, Secretaría Nro. 1.
La demanda se  fundamenta en la flagrante transgresión del artículo 114 de la Constitución Nacional para la composición y funcionamiento del Consejo de la Magistratura y vulneración concreta del derecho constitucional de los “abogados de la matrícula federal” de participar, mediante una representación genuina, en la composición del Consejo de la Magistratura.

Se argumenta que la normativa impugnada contraría esencialmente las notas de “equilibrio” y “representación” previstas por el constituyente, en tanto, se dispone la elección popular mediante sufragio universal de los consejeros abogados (a quienes se le requiere la postulación dentro de la lista partidaria de una agrupación política), lo cual destruye la representatividad estamental puesta en cabeza de los “…los abogados de la matrícula federal…” que ya no podrán elegir más a sus representantes dentro de su propio estamento.
Asimismo, se considera que se violenta la noción de equilibrio prevista en el artículo 114 de la CN hasta el extremo de su total desconocimiento, al suprimirse el contrapeso de los estamentos no políticos cuyos representantes ahora deberán oficializar sus candidaturas a través de partidos políticos y participar en elecciones generales donde serán elegidos por el pueblo por medio de sufragio universal.

Con la Ley de Reforma ha quedado en pie un sólo estamento, ahora hegemónico dentro del Consejo, que es el que deriva de “…la elección popular…”. Todo ello, en absoluta contradicción con el artículo 114 de la CN cuya inclusión por el constituyente en 1994 tuvo por fin limitar la actuación del órgano político y fortalecer la independencia judicial.
Se peticiona, además, se decrete en forma urgente una medida cautelar por la cual suspenda el llamado a elecciones para representantes del estamento de abogados en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias previstas para el próximo 11 de agosto de 2013 y, por ende, la constitución del nuevo Consejo de la Magistratura, hasta tanto se resuelva en definitiva en el presente contradictorio. A tal fin, se declare la inconstitucionalidad de los artículos 4, 5, 6 inc. 1, 10 y 13 inc. 3 de la Ley 26.854 que restringen la posibilidad de obtener medidas cautelares en juicios contra el Estado Nacional.
En el supuesto de que se constituya la Cámara Federal de Casación en lo Contencioso Administrativo Federal contemplada en los artículos 1º y 2º de la Ley 26.853, se solicita también que se declare la inconstitucionalidad de esta última norma, y se suspenda la constitución de la aludida cámara hasta tanto dicho planteo quede resuelto en forma definitiva.

Texto completo de la demanda interpuesta (versión Word) (versión pdf)

 

Noticias

Ante el dictado de la Circular n° 22/23 de la ANSES, el Colegio de Abogados de San Isidro expresó su total rechazo y envió carta documento intimando a la ANSES. La situación fue revertida por una nueva resolución del Organismo (PREV-11-71) que expresamente establece un formulario para otorgamiento de poder a fin de firmar y efectuar las presentaciones correspondientes al Plan de Pago Previsional.
Invitamos a las y los matriculados a participar de la Asamblea General Ordinaria para considerar la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados, del ejercicio comprendido entre el 1º/2/22 al 31/1/23, de nuestro Colegio. Se llevará a cabo en la sede de Martín y Omar 339, San Isidro, el miércoles 31 de mayo de 2023 (1° llamado: 8:00,  2° llamado: 9:00).
Ante el dictado de la Circular n° 22/23 de la ANSES, el Colegio de Abogados de San Isidro expresa su total rechazo, ya que la misma veda la posibilidad a los/as ciudadanos/as de iniciar el «Plan de Pago de Deuda Previsional» contando con el apoderamiento de un abogado/a de la matrícula y coartando de manera arbitraria e injustificada a los letrados/as el inicio y tramitación del plan dispuesto por la Ley 27.705 en tal carácter. Intimación del CASI por carta documento.
Invitamos a participar de la iniciativa de la Cruz Roja Argentina Filial San Isidro que llevará adelante una colecta de sangre el próximo 10 de junio con el objetivo de promover la donación de sangre voluntaria en todo el país.
Hoy a las 11:00 fue inaugurada la muestra fotográfica itinerante “Las mujeres en las fuentes judiciales de la Provincia de Buenos Aires: sus huellas a través de documentos históricos” organizada por la SCBA. El encuentro fue en la sala de audiencias del edificio de Tribunales de San Isidro. Participaron la Dra. Hilda Kogan, Presidenta de la SCBA, la Dra. Guillermina Soria, Presidenta del CASI acompañada de autoridades, representantes, autoridades del Poder Judicial e integrantes del Instituto de los Derechos de las Mujeres del CASI.