14
Jul
2017

Declaración. Renuncia del Dr. Julio Novo

El Colegio hace saber a los matriculados y a la comunidad en general -en relación a la renuncia presentada por el Dr. Julio Novo- que: en cumplimiento del mandato impuesto por la ley 5177, observa con atención tanto el trámite judicial como la acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento, esperando se esclarezcan a la brevedad los hechos imputados.

Declaración. Renuncia del Dr. Julio Novo

El Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro hace saber a los matriculados y a la comunidad en general -en relación a la renuncia presentada por el Dr. Julio Novo- que: en cumplimiento del mandato impuesto por la ley 5177, observa con atención tanto el trámite judicial como la acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento de la Provincia de Buenos Aires, esperando se esclarezcan a la brevedad los hechos imputados a quien fuera la cabeza de la procuración en nuestro departamento judicial.

Ello, por el bien de las instituciones republicanas propias de un Estado de Derecho.

El Colegio de Abogados de San Isidro nunca relegó el mandato impuesto por la ley en orden a controlar el normal funcionamiento de la Administración de Justicia, destacando que dicha actividad debe desarrollarse en el marco del respeto de la competencia propia de las instituciones que tienen a su cargo la investigación de las acusaciones.

San Isidro, 14 de julio de 2017.

 

Noticias

Desde el Colegio de Abogados de San Isidro hacemos saber que nuestros Institutos se encuentran abocados al estudio pormenorizado del DNU 70/23, sin perjuicio de la reserva sobre la constitucionalidad del mismo. El Consejo Directivo se encuentra en sesión permanente a los fines de la protección de las incumbencias de la abogacía y del análisis de la posible vulneración a la división de poderes.

* Nuevos dictámenes disponibles
El COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES cuestiona la utilización del decreto de necesidad y urgencia en desmedro del tratamiento legislativo como herramienta para regular temas de tan variada índole que afectan intereses en forma permanente para la ciudadanìa.
El Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, en lo que respecta a la jurisdicción notarial y administrativa normada, es una clara violación a las disposiciones contenidas en los arts.1, 16, 18, 29, 75 inc. 12, 108, 116 y 121 y concordantes de la Constitución Nacional. Nos adherimos y compartimos la Declaración de COLPROBA.
En un anochecer casi tropical despedimos el año junto a nuestras estimadas y apreciados colegas en el espléndido jardín del Colegio. Las imágenes dan cuenta del clima distendido y ameno del encuentro. Nos saludó la Presidenta del Colegio. Más detalles
FIESTA DE FIN DE AÑO | La nueva fecha del festejo es el sábado 16/12/23, 20:00. Esta vez preveremos todo aquello que nos garantice concretar la celebración, así que no se suspenderá por mal clima.
Se ha dispuesto "estacionamiento gratuito" en las cocheras de Acassuso 454. La venta de entradas continúa en la Tesorería, en la Sala de Prof. de Tribunales S.Isidro y en Pilar. Quienes hayan comprado entradas y no puedan asistir por favor comunicarse con Tesorería solicitando el reembolso. Agradecemos sepan disimular las molestias ocasionadas.