20
Mar
2020

Comunicación de la Mesa Directiva del Colegio, 20 de marzo de 2020

Comunicación de la Mesa Directiva del Colegio de Abogados de San Isidro del 20 de marzo de 2020 en relación a un episodio acontecido en el Consultorio Jurídico Gratuito de la sede Pilar Pilar y a las medidas de seguridad e higiene que se tomaron en su consecuencia.

Atento haber tomado conocimiento de la  concurrencia de una persona posiblemente infectada por el virus  Covid-19 al Consultorio Jurídico Gratuito - Sede Pilar, informamos que:

Frente a dicho episodio  hemos dado cumplimiento a los protocolos informados por el Ministerio de Salud y -habiéndonos comunicado con las personas que pudieron haber tenido contacto- las mismas ya se encuentran en aislamiento total.

Sin perjuicio de lo expuesto, cabe destacar que, en todo momento, tanto nuestro personal como los abogados voluntarios que allí cumplen funciones, han adoptado en un todo las medidas de seguridad e higiene recomendadas por las Autoridades Públicas.

Noticias

A continuación, mediante gráficos, explicamos siguiendo cinco pasos, cómo instalar esta aplicación para proceder a generar los bonos Ley 8480 en su dispositivo móvil. Difunda esta noticia entre sus colegas amigos. - - - - - - - - - -
Último momento. La Corte Suprema de Justicia de la Nación por resolución 3019, acaba de decretar la suspensión de términos para los días 24 y 25 de octubre de 2016 para todas las Cámaras, Tribunales orales y Juzgados del Poder Judicial de la Nación, sin perjuicio de la validez de los actos procesales cumplidos. Exhortación.
Se encuentra funcionando un nuevo espacio de servicios en el hall del edificio de Tribunales. Las instalaciones habilitadas permiten que numerosos colegas puedan hacer uso de ese espacio facilitándoles las tareas del diario ejercicio profesional tribunalicio. Cuenta con espacios privados para mayor seguridad y comodidad.
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El Registro Provincial de las Personas, a través de la Disposición 1366/16, aprobó cambios en la confección de distintos modelos de oficios. La normativa vigente establece que todas las resoluciones judiciales que den origen, alteren o modifiquen el estado civil o la capacidad de las personas, deberán ser remitidas al Registro de origen de la inscripción para su toma de razón.