23
Ago
2017

Asesoramiento. Asociaciones civiles. Luján, 26 de agosto

La DPPJ convoca a todas las asociaciones civiles sin fines de lucro de los partidos de S. Isidro, S. Fernando, Tigre, V. López, Campana, Escobar, Gral. Rodríguez, José C. Paz, S.Miguel, S. Martín, Malvinas Argentinas a participar de la jornada de “Normalización y Capacitación de Asociaciones Civiles de la Provincia de Buenos Aires” en el polideportivo de Luján, el 26/8.

La Dirección Provincial de Personas Jurídicas convoca a todas las Asociaciones Civiles sin Fines de lucro de los partidos de San Fernando, Tigre, Vicente López, Campana, Escobar, General Rodríguez, José c. Paz, San Miguel, San Martin, Malvinas Argentinas a participar de la jornada de “Normalización y Capacitación de Asociaciones Civiles de la Provincia de Buenos Aires” orientada a todas las Instituciones interesadas en constituir, regularizar o normalizar su situación ante la DPPJ.

El encuentro se realizara el sábado 26 de agosto del corriente en las instalaciones de Polideportivo Municipal, sito en Avellaneda 1389 de Luján, a partir de las 8:30 hasta las 15:30.

Todas las Entidades interesadas en participar deberán inscribirse obligatoriamente al siguiente mail:
[email protected]

 

Noticias

¿Cuál es el nuevo procedimiento de Condonación y Normalización para Asociaciones Civiles declaradas de Interés Público cfr. la Ley 15192? Te explicamos quiénes pueden solicitarlo, los requisitos y formalidades que deben cumplirse y además un manual ilustrado, listo para descargar.
La Dirección de Personas Jurídicas hace saber las fechas de corte para el ingreso de trámites especiales sean por Mesa de Entradas en sede central o en las delegaciones del interior.

La Ley 15192 declara de Interés Público Provincial a las Asociaciones Civiles de 1° grado constituidas en la PBA, autorizadas a funcionar por la DPPJ y a las Mutuales de Organizaciones de Comunidades Migrantes, conforme determinados requisitos. Texto completo.
Prórroga. La Dirección Provincial de Personas Jurídicas mediante la disp. 2020-28 establece medidas para preservar la salud de las instituciones, evitando la acefalía en la integración de sus órganos naturales.
Por Disp.Nº 2020-30 -GDEBA-DPPJMJGP se determinaron los requisitos y exigencias a cumplir para que sean válidas las reuniones de los órganos sociales celebradas a distancia mediante medios informáticos o digitales y de la documentación que deba producirse en consecuencia, cuando las mismas no están previstas estatutariamente.