27
Abr
2015

ANSES. Suspendida Res.479/14 para abogados bonaerenses

Suspendida la aplicación de la resolución 479/14 para los abogados matriculados en la Provincia de Buenos Aires. Sentencias dictadas en razón de las acciones interpuestas por el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires en relación a las medidas dictadas por la ANSES.Textos completos

A continuación se dan a conocer las  sentencias dictadas por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, en las acciones de AMPARO (Expediente Nº 2244/2366-2013) e INCONSTITUCIONALIDAD (Expediente Nº 41624/2014), iniciadas por el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires:

  • 1) AMPARO: Confirma la resolución del Juez de 1º Instancia, apelada por la ANSES (que intimó al titular del organismo al cumplimiento de la medida cautelar dictada con fecha 4/10/2013). Consultar
     
  • 2) INCONSTITUCIONALIDAD: Confirma la resolución del Juez de 1º Instancia, apelada por la ANSES, que le ordenaba al organismo abstenerse de aplicar la Resolución Nº 479/2014 (Registro de Abogados), por lo tanto suspendiendo su aplicación a los profesionales matriculados en los Colegios de Abogados de la Provincia de Buenos Aires. Consultar
Fuentes
COLPROBA

Noticias

A partir de la sanción de la ley 14967 se han constatado alrededor de 300.000 regulaciones de honorarios practicadas por debajo de los mínimos legales. En la actualidad, las cifras se siguen incrementando. Los mínimos arancelarios son -a través de los aportes que generan- los mínimos ingresos que puede soportar el funcionamiento regular de la Caja para cumplir los fines para los que fue creada.
El Dr. Guillermo Sagués analiza el tema refiriéndose al panorama de situación. Las obligaciones básicas de los jueces. La inaplicación de la ley de aranceles: ¿una política del Pod. Judicial o un caso de anomia extendido y grave? Responsabilidad del estado provincial. Responsabilidades y deberes de la Caja de Prev. Social y de los Colegios de Abogados.

El 8 de marzo de 2024 con motivo del Día Internacional de la Mujer, se llevará a cabo una jornada conmemorativa convocada por el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires. El encuentro será a las 14:30, en Larroque 2360, sede del Colegio de Abogados de Lomas de Zamora.
El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires y la Caja de Previsión Social para Abogados de la provincia de Buenos Aires presentaron una Acción declarativa de nulidad constitucional, para que se declaren la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de los artículos 21, 23 y 24 de la ley 26122.
Autoridades del Colegio de Abogados de la provincia de Buenos Aires fueron recibidas el 14 de febrero del corriente, por el el Mtro. de Justicia y DDHH de la Nación, Dr. Cuneo Libarona, oportunidad en que abordaron temas de interés profesional y colegial.
Compartimos y adherimos a la Carta Abierta que en el día de la fecha el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos dirige a los Legisladores de la Nación Argentina, cuestionando el DNU 70/2023 y el régimen legal reglamentario de los DNU que implica una deformación de la cláusula constitucional y consuma una abdicación de potestades del propio Congreso que resulta inadmisible. Críticas sobre algunas cuestiones introducidas en el proyecto de ley “bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos” (mensaje 7/2023).