16
Nov
2014

ANSES, autorizan a abogados a intervenir como apoderados. Normativa

La Resolución PREV-16-31, emitida por la Administración Nacional de la Seguridad Social, autoriza a los profesionales del derecho a intervenir como apoderados en trámites por la nueva moratoria. Téngase presente que previo al dictado de esta Resolución, la solicitud de turnos se encontraba vedada para los profesionales del derecho.
  • La ANSES autoriza a los Abogados a intervenir como apoderados
     

La Resolución PREV-16-31, emitida por la Administración Nacional de la Seguridad Social, autoriza a los profesionales del derecho a  intervenir como apoderados en trámites por la nueva moratoria. Téngase presente que  previo al dictado de esta Resolución, la solicitud de turnos se encontraba vedada para los profesionales del derecho.

Además de poner a disposición de los colegas interesados el texto íntegro de la  mentada resolución  Prev-16-31 destacamos a esta normativa como un logro del  trabajo mancomunado de toda la colegiación de abogados del país.

En igual sentido resaltamos la tenaz y perseverante tarea desplegada por el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires –del que formamos parte-, en defensa de nuestras incumbencias profesionales que incluyeron presentaciones judiciales, oportunamente informadas por este medio (ver noticias relacionadas).

ANSES. Vigencia: 06/11/2014  PREV-16-31. Ley Nº26.970 -Régimen Especial de Regularización de Deudas Previsionales para Trabajadores Autónomos y Pequeños Contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes Pequeños Contribuyentes-

Fuentes
Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires- ANSES

Noticias

En el ejercicio profesional surgen todos los días novedades importantes: nuevos valores de UMA y JUS, resoluciones, cambios en los tribunales, servicios y beneficios para matriculados.
El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires incorporó una modalidad de pago en cuotas para regularizar los expedientes que aún no tienen asociado el Bono Ley 8480.
También se encuentra disponible un instructivo con las condiciones del sistema y el procedimiento completo, acompañado por capturas de pantalla.
En el marco de la simplificación y agilización de trámites judiciales, la empresa OCA LOG S.A. habilitó una dirección de correo electrónico exclusiva para la recepción de oficios.
Todos los que se remitan por esa vía deberán dirigirse a: [email protected]
A través del decreto Reg. 033/26, la Cámara Fed. de San Martín dispuso que la acreditación de la inscripción federal se realice mediante el formato digital verificable por código QR.
La impresión en papel ya no constituye requisito de validez ni recaudo exigible para el ejercicio profesional.
El organismo recaudador estableció que el plazo para emitir los comprobantes no vence con la sentencia, sino que se extiende hasta que el profesional cobre efectivamente sus honorarios, ya sea total o parcialmente.