17
Feb
2021

Aceptan la renuncia del Min. Dr. Eduardo De Lázzari

Aceptaron la renuncia del Sr. Ministro, Dr. Eduardo De Lázzari, quien se jubila como juez de Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires.

Mediante el Decreto 58/21 publicado en el día de la fecha en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, la Gobernación de la Provincia aceptó la dimisión del  Dr. Eduardo De Lázzari, quien se acogerá a los beneficios jubilatorios.

 

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DECRETO N° 58/2021

LA PLATA, BUENOS AIRES Jueves 11 de Febrero de 2021

VISTO el Expediente N° 4444-41576/2020 mediante el cual el Doctor Eduardo Néstor de LAZZARI eleva su renuncia al cargo de Juez de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires,

y CONSIDERANDO:

Que el Doctor Eduardo Néstor de LAZZARI fue designado Juez de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, mediante Decreto N° 1780 del 24 de junio de 1997;
Que a fojas 1 del expediente citado en el exordio, el nombrado magistrado ha presentado la renuncia a dicho cargo a los fines jubilatorios, solicitando que le sea aceptada a partir del 1° de marzo de 2021;
Que es importante destacar que el mismo ha honrado con su labor y dedicación a la Provincia de Buenos Aires en el referido cargo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DECRETA

ARTÍCULO 1º. Aceptar, a partir del 1° de marzo de 2021, a los fines jubilatorios, la renuncia presentada por el Doctor Eduardo Néstor de LAZZARI (D.N.I. Nº 4.634.258 - clase 1944) al cargo de Juez de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2°. Agradecer al Magistrado renunciante los valiosos servicios prestados en el desempeño de su cargo.
ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y Derechos Humanos y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 4°. Registrar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar. Julio César Alak, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. AÑO CXII - Nº 28956. La Plata, miércoles 17 de febrero de 2021.-

Fuentes
Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires

Noticias

En un día particularmente agradable y soleado festejamos los colegas el día del Abogado. Un oasis de afable camaradería en el diario trajinar profesional. Esto está aconteciendo ahora, en la sede colonial de nuestro Colegio. Cumplidas las formalidades de la ceremonia y salutaciones de estilo, la algarabía, el diálogo y el brindis se han convertido en una fiesta.
Invitamos a los colegas a festejar en la sede colonial del Colegio, Martín y Omar 339, el día del Abogado el viernes 30 de agosto de 2013. El programa previsto comienza con una celebración a las diez de la mañana en la Catedral de San Isidro. Tarjetas en venta desde el 8 de agosto. Los esperamos.
El jueves 7 de junio del corriente, el Sr. Juez Federal a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo nro.1 de San Martín, Dr. Carlos Alberto Papavero quien conoce en la demanda promovida por el Colegio (y por derecho propio, su Presidente) contra la aplicación de la ley 26855, dio a conocer su fallo.
El Colegio de Abogados San Isidro, promovió hoy 30 de mayo de 2013 a las 12:20, una acción declarativa de inconstitucionalidad en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855.
El Juzgado en lo Correccional nro. 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Andrea C. Pagliani, multó a un abogado matriculado en Capital Federal por ejercer la profesión en San Isidro careciendo de la correspondiente matrícula provincial.