15
Abr
2014

Tribunales paralizados. Teléfonos

Hacemos saber a los colegas y usuarios en general que en el día de la fecha no funcionan normalmente las dependencias de los Tribunales de San Isidro, en razón de medidas de fuerzas por reclamos y negociaciones salariales. Se prevé, de acuerdo a lo informado por la Asociación Judicial Bonaerense de San Isidro, que mañana (miércoles 16 de abril) el paro será total.

Conforme el anuncio de la Asociación Judicial Bonaerense delegación de San Isidro, hoy martes 15 de abril y mañana miércoles 16, prevén paro total.

Brindamos el listado de números de teléfonos de los Juzgados Civiles y Comerciales y Tribunales de Familia, en caso de ser necesario corroborar si es que están atendiendo:

* Edificio de Tribunales (Ituzaingó 340) 4732-6400- Discar inmediatamente el interno que corresponda.

Juzgado Civil y Comercial. Nro.  1: 26473
Juzgado Civil y Comercial. Nro.  2: 46479
Juzgado Civil y Comercial. Nro.  3: 26486
Juzgado Civil y Comercial. Nro.  4: 26487
Juzgado Civil y Comercial. Nro.  5: 26496
Juzgado Civil y Comercial. Nro.  6: 26501
Juzgado Civil y Comercial. Nro.  7: 26539
Juzgado Civil y Comercial. Nro.  8: 26510
Juzgado Civil y Comercial. Nro.  9: 26513
Juzgado Civil y Comercial. Nro.  10: 26517
Juzgado Civil y Comercial. Nro.  11: 26523
Juzgado Civil y Comercial. Nro.  12: 26529
Juzgado Civil y Comercial. Nro.  13: 26531
Juzgado Civil y Comercial. Nro.  14: 26538

* Tribunales de Familia  (Centenario 1860): 4747-1266
* Tribunales de Familia- (Bilbao) 4723-3276/3278 (nro. 1) – 423-3279/3280 (nro.2)

Fuentes
AJB San Isidro

Noticias

La “Caratula de Presentación de Documentos Judiciales” implementada por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires acompañará a toda la documentación judicial proveniente de órganos jurisdiccionales de la Provincia, con exclusión de la que se refiera a servicios de publicidad y medidas cautelares: será obligatoria a partir del 3/7/17.
A disposición de los interesados los modelos de poder general y especial conforme lo normado por los arts. 284, 285, 363 y 1319 del Código Civil y Comercial (principio de libertad de formas) y los arts. 1015 y 1017 del mencionado Código (en cuanto a la no exigencia expresa de instrumento público para la acreditación del mandato para intervenir en juicio). Jurisprudencia.
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Último momento. La Corte Suprema de Justicia de la Nación por resolución 3019, acaba de decretar la suspensión de términos para los días 24 y 25 de octubre de 2016 para todas las Cámaras, Tribunales orales y Juzgados del Poder Judicial de la Nación, sin perjuicio de la validez de los actos procesales cumplidos. Exhortación.