29
Abr
2025

Solicitantes de ingreso a la Matrícula. Próximo juramento 8/5/2024

Se pone a disposición del público, por cinco (5) días, en cumplimiento del Reglamento de funcionamiento de los Colegios Departamentales, el listado de quienes han solicitado ingresar a la Matrícula del Colegio de Abogados de San Isidro.

Se pone a disposición del público, por cinco (5) días, en cumplimiento del Reglamento de funcionamiento de los Colegios Departamentales (Artículo. 50 inciso e - ley 5177 - T.O. por Dec. 180/87 - modificada  por sus similares.12277 y 12548), el listado de quienes han solicitado ingresar a la Matrícula de nuestro Colegio.

Próximo juramento. Fecha: 8 de mayo de 2025

Agoglia, María Victoria - Archer, Elizabeth - Bello, Manuel - Bilello, Victoria Noeli - Blanco, Nicolás - Bozzello, María Belén - Cattaneo, Augusto Fernando - de Kemmeter, Delfina - Enrriz, María Natalia - Gadea, Mirtha Beatriz - Giavedoni, Carlos Francisco - Langlois, Florencia Lara - Lemo, Fernando Gabriel - Licciardi, Franco - Lorentti Fernandez, Jeanette Giselle Desiree - Luna, Carlos Antonio - Mazzoni, Lucia - Mentasti, Juan Andrés - Morra, Maximiliano Oreste - Pintos, Graciela Alicia - Porta, Diana Raquel - Pucci, Rocio Agustina - Rack, Diego Ezequiel Andrés - Seri, Solange Agata.

Noticias

Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. El ingreso, que se consolida cumplimentando el juramento obligatorio, ha sido motivo en el día de la fecha de la celebración formal en el Salón de Actos de la sede colonial.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. El ingreso, que se consolida cumplimentando el juramento obligatorio, ha sido motivo en el día de la fecha de la celebración formal presidida por el Sr. Presidente del Colegio, Dr. Antonio Carabio.
Con fecha 8 de febrero 2011, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín, en la causa 1498/08, caratulada "Telleldin, Carlos Alberto c/Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires s/ Recurso directo art. 74 ley 12008 -texto según ley 13325-", resolvió confirmar la denegatoria de la matrícula provincial de abogado."