29
Abr
2025

Solicitantes de ingreso a la Matrícula. Próximo juramento 8/5/2024

Se pone a disposición del público, por cinco (5) días, en cumplimiento del Reglamento de funcionamiento de los Colegios Departamentales, el listado de quienes han solicitado ingresar a la Matrícula del Colegio de Abogados de San Isidro.

Se pone a disposición del público, por cinco (5) días, en cumplimiento del Reglamento de funcionamiento de los Colegios Departamentales (Artículo. 50 inciso e - ley 5177 - T.O. por Dec. 180/87 - modificada  por sus similares.12277 y 12548), el listado de quienes han solicitado ingresar a la Matrícula de nuestro Colegio.

Próximo juramento. Fecha: 8 de mayo de 2025

Agoglia, María Victoria - Archer, Elizabeth - Bello, Manuel - Bilello, Victoria Noeli - Blanco, Nicolás - Bozzello, María Belén - Cattaneo, Augusto Fernando - de Kemmeter, Delfina - Enrriz, María Natalia - Gadea, Mirtha Beatriz - Giavedoni, Carlos Francisco - Langlois, Florencia Lara - Lemo, Fernando Gabriel - Licciardi, Franco - Lorentti Fernandez, Jeanette Giselle Desiree - Luna, Carlos Antonio - Mazzoni, Lucia - Mentasti, Juan Andrés - Morra, Maximiliano Oreste - Pintos, Graciela Alicia - Porta, Diana Raquel - Pucci, Rocio Agustina - Rack, Diego Ezequiel Andrés - Seri, Solange Agata.

Noticias

Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Ha sido suspendido preventivamente de la matrícula del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de San Martín el sr. Juan Cruz Benavídez, por considerar que su título profesional para ejercer como abogado sería falso. La causa por falsificación de documento público tramita ante el Juzgado Federal en lo Criminal nro. 2, Secretaría nro. 5
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.