28
Mayo
2025

Solicitantes de ingreso a la Matrícula. Próximo juramento 5/6/25

Se pone a disposición del público, por cinco (5) días, en cumplimiento del Reglamento de funcionamiento de los Colegios Departamentales, el listado de quienes han solicitado ingresar a la Matrícula del Colegio de Abogados de San Isidro.

Se pone a disposición del público, por cinco (5) días, en cumplimiento del Reglamento de funcionamiento de los Colegios Departamentales (Artículo. 50 inciso e - ley 5177 - T.O. por Dec. 180/87 - modificada  por sus similares.12277 y 12548), el listado de quienes han solicitado ingresar a la Matrícula de nuestro Colegio.

Próximo juramento. Fecha: 5 de junio de 2025

Altamirano, Nadia Florencia - Balbuena, Emanuel Alejandro - Barone, Érica Roxana - Bolaño, Natalia Ángeles - Corvera, Camila Angélica - Dueñas, Fermin - Guyot, Facundo - Huber, Tomas Iván - Irigoin Elias, Serena - Levicoy, Marcela Susana - Lobo, Lourdes Melina - Lume, Gisele Eugenia - Martinez Chaij, Tamara Desiree - Miño, Antonela Soledad - Molinas, Carlos Manuel - Monteggia Fretes, Gustavo Gabriel - Nagdyman, Lorena - Parra, Daiana Rocio Milagros - Pello, Clarisa Rocío - Rengel, Gabriela Karina - Rojas, Bárbara Marina - Sosa, Verónica Noemí - Tubias, Ailen Alicia - Verdini, Federico Damián - Zacarias Sohaido, Luciano Yoel.

Noticias

Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. El ingreso, que se consolida cumplimentando el juramento obligatorio, ha sido motivo en el día de la fecha de la celebración formal en el Salón de Actos de la sede colonial.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. El ingreso, que se consolida cumplimentando el juramento obligatorio, ha sido motivo en el día de la fecha de la celebración formal presidida por el Sr. Presidente del Colegio, Dr. Antonio Carabio.
Con fecha 8 de febrero 2011, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín, en la causa 1498/08, caratulada "Telleldin, Carlos Alberto c/Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires s/ Recurso directo art. 74 ley 12008 -texto según ley 13325-", resolvió confirmar la denegatoria de la matrícula provincial de abogado."