17
Sep
2025

Solicitantes de ingreso a la Matrícula. Próximo juramento 25/9/25

Se pone a disposición del público, por cinco (5) días, en cumplimiento del Reglamento de funcionamiento de los Colegios Departamentales, el listado de quienes han solicitado ingresar a la Matrícula del Colegio de Abogados de San Isidro.

Se pone a disposición del público, por cinco (5) días, en cumplimiento del Reglamento de funcionamiento de los Colegios Departamentales (Artículo. 50 inciso e - ley 5177 - T.O. por Dec. 180/87 - modificada  por sus similares.12277 y 12548), el listado de quienes han solicitado ingresar a la Matrícula de nuestro Colegio.

Próximo juramento. Fecha: 25 de septiembre de 2025

Abogadas/abogados:

Bonett, Eduardo Marcelo - Bonifacio, Gabriel Enrique - Carrasco Santos, Katherine - Carreño, Diego - Demichelis Argüello, Lucas Lautaro - Di Pasquo, Patricia María - Díaz Martirena, Tomas Manuel - Ferrety, Favio Iván - García Porcel, Ángeles - Gatti, Luciana Laura - Giamichelle, Andrés Arturo - Golmeier, Milagros Belén - La Madrid Zavaleta, Jesús Eifel - Lypka, Bárbara Agustina - Massoni, Brian Agustín - Moreno Crotto, Isidro - Paiz, Norma Alejandra - Peri Galindo, María Clara - Salemme, Martín Andrés - Sapienza, Gonzalo Enrique - Segura, Ignacio Emanuel - Toledo, Francisco - Totoro, María - Versaci, Carolina - Wigley, Christian Gabriel.

Noticias

Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. El ingreso, que se consolida cumplimentando el juramento obligatorio, ha sido motivo en el día de la fecha de la celebración formal presidida por el Sr. Presidente del Colegio, Dr. Antonio Carabio.
Con fecha 8 de febrero 2011, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín, en la causa 1498/08, caratulada "Telleldin, Carlos Alberto c/Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires s/ Recurso directo art. 74 ley 12008 -texto según ley 13325-", resolvió confirmar la denegatoria de la matrícula provincial de abogado."