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Día 3 de abril de 2014. Tribunales de San Isidro. Servicios irregulares

Día 4 de abril de 2014. Tribunales de San Isidro. Paro total (anunciado por la AJB delegación San Isidro)

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El adjunto es la circular del Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires que bajo el nro. 5478 del 2 de junio de 2009  brinda los siguientes contenidos:

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De todos modos  continúa  -en forma permanente- a disposición de los interesados, la generación de Bonos 8480 en la  Biblioteca del CASI, en la Sala de Profesionales y en el stand de Tribunales de San Isidro .

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Nuestro Colegio  pone a disposición de los interesados la generación de Bonos 8480 en su  Biblioteca, en la Sala de Profesionales y en el stand de Tribunales de San Isidro.
Con referencia al padrón de abogados, por las circunstancias señaladas, solo podemos brindar información telefónica  respecto a la matrícula de San Isidro.

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El Directorio en su sesión de los días 12 y 13 de julio del 2012, resolvió fijar el valor del anticipo previsional que establece el art. 13 de la ley 6716 To. Dec 4771/95, en la suma de pesos ciento cuarenta ($140), a partir del 1º de septiembre de 2012. 

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La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, por resolución 348/12, por el art. Io de la Ley nro. 14020 dispone el traslado del Tribunal del Trabajo n° 7 de San Isidro al partido de Pilar, organismo oportunamente creado por la Ley n° 11640, mediante la cual se sustituyó el art. 24° de la Ley Orgánica 5827. Que asimismo la Ley de traslado referida, determina que el Tribunal tendrá competencia exclusiva sobre el Partido de Pilar (conf. Art. 26° Ley Orgánica cit.).