06
Ago
2025

Destrucción de expedientes laborales, 23/9/25

Se hace saber que el 23 de septiembre de 2025, se procederá a la destrucción de los expedientes laborales, conforme lo dispuesto en el Art. 115 inc. “a 3.” del Ac. 3397 de la SCJBA, en cc. con la RC 2049/12 de la SCJBA y por Resolución de SCJBA 1775-2025 de fecha 08/7/2025, de 5.342 expedientes (años 1976/2008), los cuales se detallan a continuación.

PRODE del Departamento Judicial San Isidro

Oficio

Detalles:

TRIBUNAL DE TRABAJO Nro. 2, 1100(mil cien) causas (años 1976/2006) (Hoja 1).-
TRIBUNAL DE TRABAJO Nro. 3, 1123(mil ciento veintitrés) causas (años 1982/2005) (Hoja 1).-
TRIBUNAL DE TRABAJO Nro. 5, 1495(mil cuatrocientos noventa y cinco) causas (años 1991/2008) (Hoja 1).-
TRIBUNAL DE TRABAJO Nro. 1, 1182(mil ciento ochenta y dos) causas (años 1981/2006) (Hoja 2).-
TRIBUNAL DE TRABAJO Nro. 3, 442(cuatrocientos cuarenta y dos) causas (años 1982/2005) (Hoja 2).-

Información completa

Fuentes
SCBA

Noticias

El Banco de la Provincia de Buenos Aires ha dispuesto la reapertura de la convocatoria a integrar el Registro de Profesionales Externos de la Abogacía para los Departamentos Judiciales de Azul, Morón, San Isidro, San Martín y San Nicolás (Convocatoria hasta el 30/11/22). Ver detalles.
La Defensoría General de la Nación por Resolución DGN N°133122, convoca a concurso público de antecedentes y oposición para cubrir el cargo de Defensor Público oficial -Defensora Pública Oficial ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal de La Plata nro. 2.
Hacemos saber que se procederá a partir del 28/10/22 a la destrucción de las I.P.P. registradas ante el Departamento Judicial de San Isidro, cuyos detalles surgen de las planilla que se publica al pie.
Hacemos saber que se procederá a partir del 21/10/22 a la destrucción de las I.P.P. registradas ante el Departamento Judicial de San Isidro, cuyos detalles surgen de las planillas que se publican al pie.
El Consejo de la Magistratura de la Nación estableció que a partir del 10/10/22, no se permitirá la inscripción a los concursos a quienes no hayan cargado previamente las constancias de su capacitación en perspectiva de género exigida por el art. 7° del reglamento de concursos.