Se hace saber que ha sido dispuesto para el día 16 de marzo de 2026 la destrucción autorizada, en cumplimiento con el art. 119 del Ac. 3397/08, de los Expedientes laborales tramitados por ante los Tribunales de Trabajo nro. 1 y 2.
Para su consulta se acompaña el listado pertinente más abajo.
Para su consulta se acompaña el listado pertinente más abajo.
Se adjunta la respectiva nómina de los expedientes seleccionados para su destrucción, a sus efectos y a fin de evitar cualquier destrucción que pudiere ser luego de difícil o imposible reconstrucción.-
En consecuencia, si se tuviera interés en la conservación de alguna de las causas separadas para su destrucción, se deberá peticionar por escrito fundado (conf. Art. 120 de Ac. 3397), pudiendo ejercer este derecho dentro de los veinte días siguientes al de su publicación en el Boletín Oficial. A tal fin se encuentran en esta dependencia, sita en calle O'Higgins 1144 de la localidad y partido de San Isidro.-
Fuentes
SCBA
