03
Feb
2026

Destrucción de expedientes laborales, 16/3/26

Se hace saber que ha sido dispuesto para el día 16 de marzo de 2026 la destrucción autorizada, en cumplimiento con el art. 119 del Ac. 3397/08, de los Expedientes laborales tramitados por ante los Tribunales de Trabajo nro. 1 y 2.
Para su consulta se acompaña el listado pertinente más abajo.

Se adjunta  la respectiva nómina de los expedientes seleccionados para su destrucción, a sus efectos y a fin de evitar cualquier destrucción que pudiere ser luego de difícil o imposible reconstrucción.-

En consecuencia, si se tuviera interés en la conservación de alguna de las causas separadas para su destrucción, se deberá peticionar por escrito fundado (conf. Art. 120 de Ac. 3397), pudiendo ejercer este derecho dentro de los veinte días siguientes al de su publicación en el Boletín Oficial. A tal fin se encuentran en esta dependencia, sita en calle O'Higgins 1144 de la localidad y partido de San Isidro.-  

Fuentes
SCBA

Noticias

El Banco de la Provincia de Buenos Aires ha dispuesto la reapertura de la convocatoria a integrar el Registro de Profesionales Externos de la Abogacía para los Departamentos Judiciales de Azul, Morón, San Isidro, San Martín y San Nicolás (Convocatoria hasta el 30/11/22). Ver detalles.
La Defensoría General de la Nación por Resolución DGN N°133122, convoca a concurso público de antecedentes y oposición para cubrir el cargo de Defensor Público oficial -Defensora Pública Oficial ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal de La Plata nro. 2.
Hacemos saber que se procederá a partir del 28/10/22 a la destrucción de las I.P.P. registradas ante el Departamento Judicial de San Isidro, cuyos detalles surgen de las planilla que se publica al pie.
Hacemos saber que se procederá a partir del 21/10/22 a la destrucción de las I.P.P. registradas ante el Departamento Judicial de San Isidro, cuyos detalles surgen de las planillas que se publican al pie.
El Consejo de la Magistratura de la Nación estableció que a partir del 10/10/22, no se permitirá la inscripción a los concursos a quienes no hayan cargado previamente las constancias de su capacitación en perspectiva de género exigida por el art. 7° del reglamento de concursos.