19
Oct
2020

Telegramas laborales. Nuevo servicio de la AFIP

Los trabajadores que envíen una comunicación laboral al empleador, podrán utilizar el servicio denominado "Telegramas laborales" a efectos de enviar la copia de la intimación a la AFIP, cfr. art. 11 de la ley 24013, desde ese organismo con clave 2 o por homebanking. Guía del procedimiento en 5 pasos.

El sistema de Telegramas Laborales  permite al trabajador realizar directamente la carga a la plataforma de AFIP, del telegrama laboral que envía a su empleador ( cfr. Artículo 11º ,  Ley N° 24013)asegurando que el Organismo reciba la información y a su vez, permite que el trabajador tenga  acceso permanente a reimprimir la constancia de carga con todos los datos ingresados y su fecha de generación de constancia.

Este servicio de carga electrónica para poner en conocimiento a la AFIP de la intimación cursada al empleador, es de fácil tramitación, sea desde la web de la AFIP con clave fiscal 2 o por homebanking -para telegramas propios, no de otro trabajador-, en casos de:

-la no registración laboral;

-porque lo hizo indebidamente con fecha de ingreso posterior;

-o una remuneración menor a la que le abona en la realidad.

 

Acceda a la guía del procedimiento
Comprende 5 pasos. 
Una vez completados los datos requeridos  en los primeros 4 pasos deberá adjuntar la imagen digitalizada del telegrama o carta de documento enviada al empleador, seleccionando "Examinar". Tener en cuenta que el  sistema solo admite adjuntar archivos de imágenes con formato “png” ".jpg" o ".jpeg". 

Fuentes
AFIP