19
Dic
2012

Se ha promulgado la ley 14399 que aplica la tasa activa en el fuero laboral de la provincia

Por imperio de la ley 14399 la tasa activa en el fuero laboral provincial, es una realidad que afectará inmediatamente a todos los juicios laborales en trámite en la Provincia de Buenos Aires. Se trata de una norma procesal de aplicación al final del procedimiento, en ocasión de efectuarse la liquidación de sentencia.

Ley 14399

Promulgación 05/11/12.
Publicación del 12/12/12. B. O. 26969

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de ley:

Artículo 1º - Modifícase el artículo 48 de la Ley N° 11.653, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Liquidación. Artículo 48 - Dictada la sentencia el Secretario del Tribunal practicará liquidación de capital, intereses y costas, notificando a las partes en la forma ordenada en el artículo 16, bajo apercibimiento de tenerla por consentida si dentro del quinto día no se formularen observaciones, cuyo trámite no interrumpirá el plazo para deducir los recursos correspondientes. Al monto total por el que se condene a la demandada se deberá adicionar los intereses devengados desde la fecha de su exigibilidad y hasta el efectivo pago, según el cálculo de intereses “al promedio de la Tasa Activa” que fija el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento.”

Artículo 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil doce.

Noticias

Fue presentado el 27/12/2023 al Congreso de la Nación un proyecto de ley denominado "Bases y Puntos de partida para la libertad de los argentinos" que incluye reformas en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria,energética, sanitaria, administrativa y social para ser declarado de emergencia hasta el 31/12/2025. Se adjunta el texto.
¡Ya podés acceder a los sumarios de fallos y plenarios a través de publicaciones periódicas! Agradecemos la gentileza de la Secretaría de Jurisprudencia de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Isidro.
¡Ya podés acceder a los sumarios de fallos y plenarios a través de publicaciones periódicas! Agradecemos la gentileza de la Secretaría de Jurisprudencia de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Isidro.
La Corte Suprema de Justicia le pidió informes y documentación al Estado Nacional y a estados provinciales sobre las concesiones para la explotación de litio y borato en las Salinas Grandes.
Destacamos a las/los colegas la importancia de la defensa permanente de nuestros honorarios, recurriendo por la vía correspondiente y recordando que la Comisión de Administración de Justicia del CASI escucha y acompaña esos reclamos. El Juzg. Civil y Comercial N° 8 departamental, reguló los honorarios de los letrados/as intervinientes en una sucesión haciendo caso omiso a lo establecido por el art. 35 de la ley 14967. Qué falló la Cámara (Sala I°).