14
Sep
2016

Regular los honorarios profesionales en el mínimo de la escala, desacredita la profesión de abogado

Un fallo reciente, refiriéndose a lo abogados, señala que un respeto mínimo a quienes colaboran con el Poder Judicial en evitar los conflictos sociales y hacer justicia entre los ciudadanos, implica tomar en consideración los valores monetarios en juego al tiempo de la regulación de honorarios. (Texto completo; autos "AFIP - DGI c/ Castro hermanos SA s/ejecución fiscal")

Regular los honorarios profesionales en el mínimo de la escala, desacredita la profesión de abogado

  • Destacados del fallo emitido (junio de 2016) por la Cámara contencioso- administrativo federal - Sala V, en los autos caratulados: AFIP - DGI c/ Castro hermanos SA s/ejecución fiscal

-IX.-Que los abogados y procuradores son agentes en la prestación del servicio de justicia y, como lo afirma el propio Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, merecen el mismo respeto que los magistrados.-
Si no tomando en consideración las pautas antes indicadas, el tribunal regulase el mínimo de la escala, implicaría sin lugar a dudas por parte del Poder Judicial de la Nación un desconocimiento de la realidad económica que en la actual jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, no puede ser obviada por ningún juez en sus pronunciamientos.-

-X.-Que a igual conclusión se llega respecto de los mínimos fijados por el art. 8, desde que la suma de $500 ha sido determinada en el año 1995, sin que desde aquella fecha hasta la actualidad se encuentre actualizada por la depreciación que obviamente nuestra moneda ha sufrido en más de 17 años.-

-XI.- Que regular el mínimo de la escala en estas circunstancias resulta contrario a derecho, por cuanto se desconoce la realidad económica y se desacredita la profesión de abogado y la de procurador, sin las cuales el servicio de justicia no podría funcionar.-
En efecto, un respeto mínimo a quienes colaboran con el Poder Judicial en evitar los conflictos sociales y hacer justicia entre los ciudadanos, implica tomar en consideración los valores monetarios en juego al tiempo de la regulación de honorarios.-