Las mismas se dirigirán contra el pago en cuotas y la idea de regulación federal de los honorarios, pretendiendo desplazar nuestra ley arancelaria local violando la competencia que la Constitución Nacional reserva a las Provincias en su artículo 121.
Asimismo, cuestionaremos la extensión de responsabilidad patrimonial al profesional actuante, ante supuestos de pluspetición definidos de una supuesta manera objetiva.
El CASI como Colegio integrante de COLPROBA mantendrá informada a la matrícula sobre el avance de las actuaciones.
