Recepción de documentación

El abogado mediador puede adherirse a este servicio en forma voluntaria, dentro de las condiciones actuales contenidas en este convenio.

Siendo asimismo opcional para el abogado requirente:

1-  (A) Presentar su documentación en las instalaciones dispuestas a tal efecto por el Colegio;
2- (B) Realizar el contacto directo con el mediador en su domicilio constituido según surge del formulario de inicio de la mediación una vez sorteada.

Se recepcionarán  las planillas de mediación una vez sorteadas y que emite la Receptoría General de Expedientes, dentro del horario de 9:00 a 15:00.
De este modo se facilita, en una hora adicional posterior al cierre de Tribunales, la realización de dicha gestión por parte de los colegas.
La cartelera informativa de este servicio está visible en el hall del Edificio de Tribunales como así también en la Sala de Profesionales.

A-Los mediadores sorteados que opten por el servicio de recepción del Colegio de Abogados, tendrán un horario ampliado para el retiro de dicha documentación de 9:00 a 15:00.

B-La comunicación al mediador sorteado se realizará via e-mail quedando también habilitada una línea telefónica de consulta para los llamados de los mediadores.(Llamar al 4743-5720, int. 222/ 245)

Importante: La condición para el otorgamiento del servicio es tener el pago de la matricula al día.

Listado de mediadores adheridos al servicio

Noticias

Prorrogan hasta el 12/3/21 el valor de la matrícula anual y el vencimiento para el pago del periodo 2020 para el ejercicio de la Mediación en la Prov. de Bs.As, fijada en $3.749.
Por Resolución 788, publicada en el Boletín Oficial de la Prov. de Bs.As. el 21 de septiembre del corriente, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos estableció la reglamentación de la Mediación a distancia. (Ver modelos prácticos)
El Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires publicó hoy, 2/9/2020, la ley 15182, por lo que ya entra en vigencia la modalidad a distancia de la Mediación prejudicial obligatoria. Texto completo. Preguntas frecuentes.
La modificación fue aprobada hoy en horas de la madrugada. La misma prevé que la mediación se pueda realizar total o parcialmente a distancia, en el marco de la mediación previa obligatoria. Comentarios. Qué dice la ley.
Guía de recomendaciones importantes ante la reanudación de las actividades de los Abogados y Mediadores relacionadas a la Mediación Prejudicial Obligatoria. Comprende:* Introducción. *Plataforma. *Presentación-sorteo y notificación al Mediador. *Excusación/recusación del mediador. *Aceptación/actividades preparatorias de la mediación. Contacto previo con las partes/letrados. *Fijación de audiencia y notificaciones. *Realización de la audiencia preparatoria/algunas cuestiones. Reunión preparatoria.

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