Cláusula compromisoria tipo

  • En los instrumentos privados puede insertarse la siguiente cláusula compromisoria:

Modelo de CLÁUSULA COMPROMISORIA

 

Para cualquier divergencia, cuestión, conflicto o discrepancia surgida entre las partes, con motivo o como consecuencia de éste contrato, hecho o acto jurídico, su validez, interpretación, alcances, cumplimiento, ejecución o resolución, estás se someten a la competencia del TRIBUNAL PERMANENTE DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE INSTITUCIONAL DE LOS COLEGIOS DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, con intervención del COLEGIO DEPARTAMENTAL DE....... , entidad de derecho público a la que encargan la designación de los árbitros, la administración de la conciliación y el arbitraje y su resolución definitiva, de acuerdo a la reglamentación y |procedimientos vigentes y aprobados por el COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y de las normas particulares del COLEGIO DEPARTAMENTAL que forman parte integrante del presente contrato, que las partes declaren conocer y aceptar obligándose desde ahora al cumplimiento de la decisión arbitral.
Asimismo, establecen que para el caso de incumplimiento del laudo, será aplicable una cláusula penal de pesos.............($.........) por cada día que dure tal incumplimiento.
**Las partes establecen que para la ejecución del laudo arbitral será competente la justicia ordinaria correspondiente al Departamento Judicial de la sede del Tribunal Arbitral.-

Noticias

El miércoles 15 de diciembre del año en curso prestaron juramento en la sede del Colegio, sito en Martín y Omar 339 – San Isidro, nuevos Árbitros Titulares. ¡ Bienvenidos!
Acercate al Tribunal de Arbitraje del Colegio porque te ofrece un camino alternativo para la solución de conflictos. ¿Cuál les la cláusula compromisoria tipo que podés insertar en los instrumentos privados? Aguardamos tu consulta.
El Colegio le ofrece un camino alternativo para la solución de conflictos. Acérquese a nuestro Tribunal de Arbitraje. Le ofrecemos un proceso rápido, ágil y económico, donde las partes eligen por mutuo consentimiento al Árbitro según la especialidad. Conozca las ventajas de este sistema.
Comunicamos la resolución adoptada por el Tribunal Arbitral del Colegio de Abogados de San Isidro el 19 de mayo de 2020, aplicable a  los casos de acciones cuya prescripción sea inminente.
Se invita a los profesionales matriculados, que hubiesen dado cumplimiento con sus obligaciones institucionales y reúnan las condiciones exigidas por el art. 10 del Reglamento Único de Conciliación y Arbitraje Institucional: RUCA (www.casi.com.ar - Tribunal Arbitral -Legislación, arts. 9, 10 y 11), a cubrir los cargos indicados. Cierre: 4 de octubre inclusive.

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