San Isidro, 13 de Mayo de 2020.
VISTO Y CONSIDERANDO:
la prórroga del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por las autoridades nacionales hasta el día 24 de Mayo de 2020 (DNU 297/20, prorrogados por los decretos 325/20, 355/20, 459/20 y sus normas complementarias) con el fin de mitigar la propagación del virus COVID-19 (conocido como Coronavirus) y las de su par provincial (decretos provinciales 132/20, 180/20, 203/20 entre otras y cc.), la nueva prórroga de la resolución 386-20 de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires (Resolución registrada bajo el nro. 25/20 de la Secretaria de Planificación de la SCBA del 10/05/20), que dispuso asueto en todo el ámbito del Poder Judicial provincial, con suspensión de los términos procesales y demás disposiciones administrativas, en consonancia con la problemática coyuntural, emanadas por las autoridades colegiales, es que este Tribunal de Disciplina, en uso de los poderes y facultades conferidas por la ley de su creación (ley 5177 y Reglamento de funcionamiento de los Colegios de Abogados Departamentales),
RESUELVE:
Prorrogar la suspensión de los términos administrativos en las causas disciplinarias que tramitan ante el Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados de San isidro hasta el día 24 de mayo de 2020, sin perjuicio de la validez de todos los actos procesales que se cumplan en las mismas. Notifíquese al Consejo Directivo y publíquese la presente en la página web oficial de esta Institución.- Déjase constancia que con fecha 13/05/20 el Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados de San Isidro sesionó en reunión plenaria mediante la plataforma digital de videollamada de nombre “ZOOM” con la asistencia de todos sus integrantes y titulares en la cual se han tratado diferentes cuestiones relacionadas con las causas disciplinarias en trámite ante dicho Cuerpo. "