09
Nov
2019

Intimación al notariado. Carta documento

Ante la organización de la "Jornada federal de asesoramiento notarial" del 9/11/19, el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires -del cual el Colegio de Abogados de San Isidro forma parte activa y permanente- cursó un requerimiento para que se abstengan de brindar asesoramiento jurídico a la ciudadanía. Carta documento.
El asesoramiento jurídico en forma gratuita sólo puede enmarcarse en las disposiciones de la Ley 5177; la que confiere a los Colegios de Abogados departamentales, la reglamentación -en forma privativa- de dicha actividad
 
Con motivo de la Jornada Federal de Asesoramiento Notarial, organizada por el Consejo Federal del Notariado Argentino, para el día 9 de noviembre de 2019, el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires -del cual el Colegio de Abogados de San Isidro forma parte activa y permanente-  ha dispuesto requerir a ese Consejo Federal, al Colegio Provincial y a sus matriculados que se abstengan de realizar asesoramiento jurídico a la ciudadanía, dado que se trata de una actividad profesional reservada exclusivamente a quienes se encuentran habilitados legalmente para el ejercicio de la abogacía.
La Jornada dispuesta por el Consejo Federal del Notariado implica una injerencia ilegítima en el ámbito de las actividades profesionales exclusivamente reservadas a las abogadas y los abogados por la Resolución Nº 3401-E/2017 del Poder Ejecutivo Nacional, que lo ha sido en función de la preservación de los altos intereses sociales confiados a su gestión (según art. 43 y ccs. de la ley nacional 24.521).
Queda claro que en la Provincia de Buenos Aires el asesoramiento jurídico en forma gratuita sólo puede enmarcarse en las disposiciones de la Ley 5177; la que confiere a los Colegios de Abogados departamentales, la reglamentación -en forma privativa- de dicha actividad. 
 
Fuentes
COLPROBA

Noticias

El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires y la Caja de Previsión Social para Abogados de la provincia de Buenos Aires presentaron una Acción declarativa de nulidad constitucional, para que se declaren la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de los artículos 21, 23 y 24 de la ley 26122.
Autoridades del Colegio de Abogados de la provincia de Buenos Aires fueron recibidas el 14 de febrero del corriente, por el el Mtro. de Justicia y DDHH de la Nación, Dr. Cuneo Libarona, oportunidad en que abordaron temas de interés profesional y colegial.
Compartimos y adherimos a la Carta Abierta que en el día de la fecha el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos dirige a los Legisladores de la Nación Argentina, cuestionando el DNU 70/2023 y el régimen legal reglamentario de los DNU que implica una deformación de la cláusula constitucional y consuma una abdicación de potestades del propio Congreso que resulta inadmisible. Críticas sobre algunas cuestiones introducidas en el proyecto de ley “bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos” (mensaje 7/2023).

Desde el Colegio de Abogados de San Isidro hacemos saber que nuestros Institutos se encuentran abocados al estudio pormenorizado del DNU 70/23, sin perjuicio de la reserva sobre la constitucionalidad del mismo. El Consejo Directivo se encuentra en sesión permanente a los fines de la protección de las incumbencias de la abogacía y del análisis de la posible vulneración a la división de poderes.

* Nuevos dictámenes disponibles
El COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES cuestiona la utilización del decreto de necesidad y urgencia en desmedro del tratamiento legislativo como herramienta para regular temas de tan variada índole que afectan intereses en forma permanente para la ciudadanìa.