31
Ago
2023

Convocatoria 2023| Árbitros/as titulares | Árbitros/as suplentes

Se invita a los/las matriculadas/os, que reúnan las condiciones exigidas por el art. 10 del Reglamento Único de Conciliación y Arbitraje Institucional – RUCA - , a presentarse a fin de cubrir los cargos de: 6 árbitros/as titulares y 6 árbitros/as suplentes. (Desde el 1* al 20/9/23 inclusive)

Convocatoria para cubrir los cargos de 6 árbitros/as titulares y 6 árbitros/as suplentes

Se invita a los/las matriculados/as, que reúnan  las condiciones exigidas por el art. 10 del Reglamento Único de Conciliación y Arbitraje Institucional – RUCA - (ver www.casi.com.ar, link del “Tribunal Arbitral), a presentarse a fin de cubrir los cargos indicados.

Se tendrá en cuenta  la solvencia moral, antecedentes personales, profesionales, científicos docentes o judiciales y conocimientos académicos y prácticos en la materia de competencia del Tribunal Arbitral de los/las postulantes.

Hasta el 20 de septiembre de 2023 inclusive, los/las interesados/as podrán enviar nota de postulación, su curriculum vitae y certificado de antecedentes penales a la casilla de correo [email protected].
Martín y Omar 339. San Isidro
Lunes a viernes de 8:00 a 16:00
4732-0303
Art. 10 – RUCA:  Requisitos:
  1. Tener título de abogado/a;
  2. Inscripción en la matrícula de abogados/as;
  3. Acreditar ejercicio activo de la profesión de abogado/a por el término mínimo de 15 años inmediatamente anteriores a la presentación en concurso. Habiéndose ejercido la magistratura, deberá demostrarse igualmente un mínimo de 5 años en el ejercicio activo de la profesión;
  4. Presentar certificado de inexistencia de antecedentes de sanciones disciplinarias aplicadas por algún Colegio de    Abogados Departamental en los últimos cinco años, salvo sanción de advertencia.
  5. Certificado de antecedentes penales.
Art. 11 – RUCA: Incompatibilidades e inhabilidades para ser árbitros:
  1. Quienes desempeñen cargos públicos electivos (nacionales, provinciales o municipales), mientras permanezcan en los mismos; o cargos electivos de la colegiación;
  2. Quienes ocupen cargo en el Poder Judicial;
  3. Quienes registren inhabilitaciones comerciales, civiles o penales o hubiesen sido condenados con pena de reclusión o prisión por delito doloso;
  4. Quienes se encontrasen comprendidos en impedimentos legales para el ejercicio de la profesión de abogado;
  5. Quienes hubiesen sido removidos como árbitros.