08
Jun
2020

Prórroga de resoluciones por la emergencia sanitaria hasta el 28 de junio

La Presidencia de la Suprema Corte de Justicia, mediante Resolución SPL Nº 30/20, dispuso prorrogar las medidas dispuestas por las resoluciones Nº 480/20, Nº 535/20 y Nº 558/20 sus aclaratorias y complementarias, hasta el día 28 junio del presente año inclusive.

Prórroga de resoluciones por la emergencia sanitaria hasta el 28 de junio.
Medidas para ampliar el inicio de procesos telemáticos y la normalización gradual de servicios.

La Presidencia de la Suprema Corte de Justicia, mediante Resolución SPL Nº 30/20, dispuso prorrogar las medidas dispuestas por las resoluciones Nº 480/20, Nº 535/20 y Nº 558/20 sus aclaratorias y complementarias, hasta el día 28 junio del presente año inclusive.

(Asimismo, encomendó a las áreas competentes del Tribunal a que el 12 de junio del corriente año tengan concluidos y elevados los estudios y adecuaciones necesarios para disponer la ampliación del inicio de procesos por medios telemáticos y la primera etapa de la normalización de los servicios correspondientes a los Juzgados de Paz y los órganos jurisdiccionales pertenecientes a las cabeceras departamentales, en ambos supuestos cuando se contare con las autorizaciones pertinentes y se cumplieren los demás requerimientos técnicos establecidos a tales fines.)

Fuentes
SCBA
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Por Res. SC Nº 1133/21/21 la SCBA a estableció, hasta el 1/10/21, el mantenimiento de las condiciones y alcances en la habilitación y funcionamiento del servicio de justicia en las cabeceras departamentales, sedes descentralizadas y la Justicia de Paz; incorpora la prestación de tareas presenciales del personal cfr. los arts.3 bis y ter del Decreto Nº 203/20.
El decreto 521/21 ha dispuesto que los trabajadores estatales que hayan recibido al menos una dosis de cualquier vacuna contra el coronavirus o no se hayan querido vacunar podrán ser convocados a prestar funciones de manera presencial. Incluye a la población en riesgo. Alcances de la medida.
Por Res. SC Nº 1035/21 la SCBA a estableció, hasta el 6/8/21, el mantenimiento de las condiciones y alcances en la habilitación y funcionamiento del servicio en las cabeceras departamentales, sedes descentralizadas y la Justicia de Paz. Aplicación conjunta medidas art. 3º Resolución SC Nº 761/21. Otras medidas
La SCBA por Res. SC Nº 979/21 estableció, hasta el 9/7 del corriente inclusive, el esquema del servicio de justicia y sus alcances de acuerdo al estado de situación existente a la fecha, que se aplicarán conjuntamente con las medidas complementarias dispuestas en el art. 3º de la Res. SC Nº 761/21. En el Colegio se intensifica la atención en línea. Todos los municipios que conforman el Dep. Judicial de San Isidro se encuentran en fase epidemiológica III.
Todos los órganos jurisdiccionales y dependencias de la propia Corte contemplan los requerimientos de los profesionales que planteen problemas relacionados con el coronavirus para el normal desarrollo de su actividad.
El trámite debe hacerse previamente en el Colegio por correo electrónico. Res. 123/20. Detalles.