28
Jul
2020

La Corte Nacional ratificó levantar la feria y ordenó protocolos

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó el levantamiento de la feria extraordinaria a partir del 27 de julio, con excepción de algunos casos puntuales. Los plazos se retoman el 3 de agosto. Ordenó un protocolo de seguridad y actuación ante los tribunales. Ver Ac. 30 y 31 y anexos I, II, y III. Normativa relacionada. Destacados. Protocolo CABA Estudio Jurídico.

 

 

CSJN Acordada 31. Dispone el levantamiento de la Feria Judicial Extraordinaria para los Juzgados con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (con excepciones -punto 2°-) y de la jurisdicción de San Martín. Dispone la prórroga de la Feria Judicial Extraordinaria para Juzgados: Nacionales en lo Civil, Nacionales en lo Comercial, Federales de La Plata Nros. 1, 2, 3 y 4, Lomas de Zamora 1, 2 y 3, Quilmes, Jujuy Nros. 1 y 2.- 
La feria se extiende hasta el día 3 de agosto para los juzgados civiles, y hasta el 28 de julio para los juzgados comerciales.
(CSJN Acordada 31/2020

  • Destacados

Expediente Electrónico/ Digital
Todas las actuaciones tramitan íntegramente en ese formato, las que se iniciaron con posterioridad a la Acordada 4/20 seguirán así, mientras que a las que se iniciaron con anterioridad se le podrán integrar sus correspondientes copias digitales.

Carga de escritos y documentación adjunta al sistema lex100
La prueba documental original que se acompañe deberá ser incorporada en formato digital con firma electrónica.
La original en formato papel permanecerá en poder y custodia del presentante, con el deber de acompañarla por parte del letrado cuando lo solicite el tribunal.
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Caso de abogado patrocinante
Los escritos deberán ser suscriptos previamente de manera ológrafa por el patrocinado, luego escaneados y subidos al Lex100.

Presentación de los documentos informáticos
Se recomienda la obtención y aplicación de software libre para compilar, reunir y organizar diversos documentos en un solo archivo a subir como así también ajustar su peso.

Cómputo de la fecha de presentación de los escritos en formato electrónico
Se considerará fecha cierta de inicio de la demanda o de cualquier otra presentación el día en que el letrado u otro sujeto legitimado presente efectivamente de manera electrónica ante el juzgado o tribunal el correspondiente escrito.
Si se hacen fuera del horario de tribunales, se tendrán por presentadas en la primera hora del día hábil posterior.

Traslado de demandas
Se propicia que todos los organismos estatales puedan adherir a la funcionalidad de traslado de las demandas a domicilios electrónicos, y se releva de la obligación de tomar audiencias con acuerdo de partes, las que podrán celebrarse por videoconferencia.

Suspensión de plazos y excusación
Se prevé la suspensión de plazos y excusación para comparecer a las audiencias a los sujetos procesales que sean diagnosticados con Covid-19. Lo mismo para las personas que se encuentren dentro de los grupos de riesgo.

  • Protocolos de seguridad y actuación ante los Tribunales (y normativa relacionada)

Anexo I  *  Anexo II  *  Anexo III

CSJN Ac. 14/2020 (CIJ. Consultar)   
CSJN Ac. 15/20 (CIJ. Consultar)

CSJN Acordada 30
Dispone el levantamiento de la Feria Judicial Extraordinaria para los Juzgados Federales de: Resistencia Nros. 1 y 2, Formosa Nros. 1 y 2, Reconquista, Saenz Peña; General Roca, Neuquén Nros. 1 y 2, San Carlos de Bariloche; la totalidad de los juzgados de la jurisdicción de Paraná; Azul Nros. 1 y 2, Mar del Plata 1, 2, 3 y 4, Dolores.- (CSJN Acordada 30/2020)

 

  • De interés

IF-2020-17668584-GCABA-MDEPGC. Protocolo para el ejercicio de la profesión (abogados) y para el funcionamiento del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal  para prevención y manejo de casos de covid-19

 

Fuentes
CSJN
CIJ