09
Ene
2014

Centro comercial eximido. Caída de un cliente en las escaleras

No responde un centro comercial por la caída de un cliente en las escaleras si ésta ha sido provocada por un tercero. Arrastre de otros usuarios incluida la actora. Ruptura del nexo causal. Así fue determinado por un fallo emitido por la Sala E de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal, el 7 de octubre de 2013. Fallo completo.

Fue desestimada la demanda por daños y perjuicios contra un centro comercial, ya que se acreditadó en la causa que fue la caída de un tercero -y no el mal funcionamiento de la escalera mecánica- lo que provocó el arrastre de otros usuarios, incluida la actora.

Ello motivó que el personal de vigilancia accionara el freno de la escalera, sin que la demandante pudiera lograr en autos efectuar una crítica concreta y razonada de las partes del pronunciamiento que se impuganaran como equivocadas.

D. A. L. E. c/ A. P. S.A. (APSA) y otro s/ daños y perjuicios
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala" E", Capital Federal, 7 de octubre de 2013

 

Fuentes
CIJ